El Consejo de Ministros autorizó el pasado 4 de mayo la tramitación administrativa urgente del proyecto de Real Decreto que implementa medidas para la igualdad y no discriminación de las personas del colectivo LGTBIQ+ en las empresas. Este desarrollo ha sido pactado entre los agentes sociales y el Ministerio de Trabajo con el fin de acabar con el acoso en entornos laborales.
De esta manera, el nuevo decreto establece que las empresas que cuenten con más de 50 empleados en sus plantillas estarán obligados a implementar un protocolo contra situaciones de acoso dirigidas al colectivo. Además, esto no sólo se aplicará a la plantilla interna, sino que también se verán protegidas las personas que soliciten empleo, personal temporal, proveedores y clientes.
Esta medida se aplica con el único fin de promover la igualdad en las empresas como la tuya. Por ese motivo, te contamos detalles más específicos y la manera en la que debes actuar para cumplir con la normativa.
Por este motivo, te contamos los detalles que debes saber acerca del procedimiento.
¿Cuánto tiempo tiene tu empresa para aplicarlo?
Una vez que entre en vigor este decreto, las empresas que se vean afectadas, es decir, con más de 50 empleados, tendrán un plazo de tres meses para iniciar la negociación y aplicar estas medidas. En caso de no tener representación legal de los trabajadores, el plazo se extiende y tu empresa tendrá hasta seis meses.
Además, se debe tener en cuenta que, si en el plazo de los tres primeros meses no se ha llegado a ningún acuerdo entre tu empresa y los representantes de tus trabajadores, se aplicarán automáticamente las medidas mínimas establecidas en el decreto. De esta manera se asegura que se aplique al menos el nivel más básico de protección contra el acoso al colectivo LGTBIQ+.
¿De qué manera deberás revisar el protocolo?
Todas las medidas acordadas deben ser revisadas periódicamente, tal y como indica el decreto, sobre todo cuando no se estén cumpliendo los requisitos legales o estos mismos sean insuficientes para la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Todos los convenios colectivos deben incluir cláusulas de igualdad y de no discriminación para promover un entorno laboral positivo y diverso.
Asimismo, tu empresa debe establecer criterios claros que garanticen que todos los procesos de selección y contratación son justos, y que, a su vez, se centren en la idoneidad para el puesto, obviando la orientación sexual y la identidad de género de la persona. Además, es necesario prestar especial atención al colectivo trans, por ser especialmente vulnerable en estos procesos.
La mejor forma de combatir la discriminación es la educación y la sensibilización de las plantillas. Con esto, se estará garantizando la igualdad y la pluralidad en ambientes empresariales.
Como empresario debes garantizar el bienestar de tus trabajadores y denunciar cualquier evidencia de acoso por orientación sexual, identidad o expresión de género. Siempre se iniciará un expediente sancionador y se adoptarán medidas correctoras y de protección a la víctima.
En LEIALTA, estamos comprometidos con la inclusión y la igualdad de oportunidades. Por esa misma razón, estamos aquí para ayudarte con estos procesos más complejos que garanticen medidas efectivas para proteger a las personas contra el acoso y la violencia.
Nuestros expertos en materia laboral te ayudarán en todos los pasos de este proceso, para cumplir con las normativas vigentes y que, a su vez, permita que avancemos social y empresarialmente hacia la inclusión y bienestar laboral de todas las personas. Estamos aquí para ayudarte, ¡cuenta con nosotros!
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