Las segundas entregas de inmuebles están exentas de IVA y tributan por el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP).
La norma contempla la denuncia a la exención del IVA para que precisamente esta operación pueda tributar por IVA. De esta manera, un empresario que tenga derecho a la deducción podrá deducirse el impuesto.
El comprador tiene que liquidar el ITP que tiene un tipo entre el 7% y el 10% del valor real del inmueble.
El hecho de tener que pagar el ITP puede suponer un problema para un empresario porque no se lo puede deducir, pero existe una solución: La renuncia a la exención de IVA, de manera que la transmisión de inmuebles tribute por IVA en lugar de por ITP.
Vemos cómo evitar la transmisión de un inmueble en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.