
¿Quieres crear una sociedad y saber cómo tributa? Uno de los principales impuestos que tendrás que gestionar es el Impuesto sobre Sociedades, también conocido de forma habitual como Impuesto de Sociedades o IS.
Este impuesto grava la renta obtenida por las sociedades y otras entidades residentes en España. Por eso, si estás pensando en crear una empresa o ya tienes una sociedad en funcionamiento, es esencial entender cómo funciona este tributo, cuándo debe declararse, qué modelos se presentan y qué elementos pueden influir en la cuota final.
En este artículo explicamos qué es el Impuesto sobre Sociedades, a qué empresas afecta, cómo se calcula, qué tipos impositivos existen, cuándo se declara y qué aspectos conviene revisar para cumplir correctamente con la normativa fiscal.
¿Qué es el impuesto sobre sociedades?
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El Impuesto sobre Sociedades es un tributo directo que grava la renta obtenida por las sociedades y demás entidades jurídicas residentes en España.
A diferencia del IRPF, que grava la renta de las personas físicas, el Impuesto sobre Sociedades se aplica a entidades como sociedades limitadas, sociedades anónimas, cooperativas, asociaciones, fundaciones y otras entidades que obtienen rentas en el desarrollo de su actividad.
Con carácter general, este impuesto afecta a las sociedades mercantiles y a otras entidades que operan en España, siempre que tengan residencia fiscal en territorio español.
Para que una entidad se considere residente fiscal en España, debe cumplir alguno de los siguientes criterios:
- Estar constituida conforme a las leyes españolas.
- Tener su domicilio social en España.
- Tener la sede de dirección efectiva en territorio español.
Esto significa que una sociedad constituida en España, con domicilio social en España o dirigida efectivamente desde territorio español, estará sujeta al Impuesto sobre Sociedades por la totalidad de sus rentas, con independencia del lugar en el que se hayan obtenido.
¿A qué empresas y entidades afecta el Impuesto sobre Sociedades?
El Impuesto sobre Sociedades afecta principalmente a las sociedades y entidades residentes en España.
Entre las entidades que pueden estar sujetas al impuesto se encuentran:
- Sociedades limitadas.
- Sociedades anónimas.
- Sociedades laborales.
- Asociaciones y fundaciones.
- Entidades sin ánimo de lucro, con particularidades según su régimen fiscal.
- Sociedades holding.
- Sociedades patrimoniales.
- Agrupaciones de interés económico y uniones temporales de empresas, con sus reglas específicas.
- Entidades parcialmente exentas, en los casos previstos por la normativa.
También es importante tener en cuenta que las sociedades inactivas siguen teniendo obligaciones relacionadas con el Impuesto sobre Sociedades. Aunque no desarrollen actividad económica, no desaparece automáticamente la obligación de presentar el modelo 200 cuando corresponda.
En el caso de entidades no residentes que operen en España, habrá que analizar si existe establecimiento permanente y qué obligaciones fiscales se generan. En estos casos, la tributación puede producirse a través del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aunque con reglas que pueden aproximarse al funcionamiento del Impuesto sobre Sociedades.
Por tanto, antes de iniciar una actividad empresarial en España, conviene revisar correctamente la estructura societaria, la residencia fiscal y las obligaciones tributarias que pueden derivarse de la operativa.
¿Cómo se calcula el Impuesto sobre Sociedades?
El Impuesto sobre Sociedades no se calcula simplemente aplicando un porcentaje al beneficio contable de la empresa. Aunque el punto de partida es el resultado contable, la normativa fiscal exige realizar determinados ajustes para determinar la base imponible.
De forma simplificada, el cálculo del Impuesto sobre Sociedades sigue este esquema:
- Resultado contable de la empresa.
- Ajustes fiscales positivos o negativos.
- Compensación de bases imponibles negativas, si procede.
- Determinación de la base imponible.
- Aplicación del tipo impositivo correspondiente.
- Cálculo de la cuota íntegra.
- Aplicación de bonificaciones, deducciones y pagos fraccionados.
- Determinación de la cuota a ingresar o devolver.

Por eso, una empresa puede tener un resultado contable y una base imponible fiscal diferentes. Esto ocurre porque determinados gastos pueden no ser fiscalmente deducibles, algunos ingresos pueden tener un tratamiento específico y determinadas operaciones pueden exigir ajustes extracontables.
Algunos elementos que pueden afectar al cálculo del Impuesto sobre Sociedades son:
- Gastos no deducibles fiscalmente.
- Amortizaciones contables y fiscales.
- Deterioros y provisiones.
- Operaciones vinculadas.
- Compensación de bases imponibles negativas.
- Reserva de capitalización.
- Deducciones fiscales.
- Bonificaciones aplicables.
- Pagos fraccionados realizados durante el ejercicio.
Por este motivo, el cierre contable y fiscal de la empresa es un momento clave. Una correcta revisión permite detectar errores, aplicar incentivos fiscales cuando proceda y evitar riesgos ante la Administración Tributaria.
¿Qué tipos impositivos tiene el Impuesto sobre Sociedades?
En el Impuesto sobre Sociedades existen varios tipos impositivos, dependiendo del tipo de entidad, su cifra de negocios, su situación fiscal y el régimen aplicable.
El tipo general del Impuesto sobre Sociedades es el 25%. No obstante, existen tipos reducidos y tipos especiales en determinados supuestos.
A continuación, se resumen algunos de los principales tipos aplicables en periodos impositivos iniciados en 2026:
| Tipo de entidad | Tipo aplicable | Comentario |
|---|---|---|
| Tipo general | 25% | Aplicable con carácter general a sociedades y entidades sujetas al IS. |
| Micropymes con importe neto de cifra de negocios inferior a 1 millón de euros | 19% hasta 50.000 euros de base imponible y 21% por el resto | Deben revisarse los requisitos y límites aplicables. |
| Entidades de reducida dimensión | 23% | Aplicable a entidades que cumplen los requisitos del régimen de empresas de reducida dimensión. |
| Entidades de nueva creación | 15% | Aplicable en el primer periodo impositivo con base imponible positiva y en el siguiente, siempre que se cumplan los requisitos y no se trate de una entidad patrimonial. |
| Empresas emergentes | 15% | Aplicable cuando se cumplan los requisitos específicos previstos para este tipo de entidades. |
| Entidades patrimoniales | 25% | No aplican el tipo reducido de entidades de nueva creación. |
| Cooperativas fiscalmente protegidas | 20% para resultados cooperativos, con particularidades | Existen reglas específicas según el tipo de resultado y cooperativa. |
| Entidades de crédito y determinadas entidades del sector hidrocarburos | 30% | Tipo especial previsto para determinadas entidades. |
Esta tabla recoge los tipos más habituales, pero no todos los supuestos posibles. Existen otros tipos especiales para entidades concretas, como entidades acogidas a la Ley 49/2002, SOCIMI, fondos de pensiones, entidades ZEC o instituciones de inversión colectiva, entre otras.
Por eso, antes de aplicar un tipo reducido o especial, es recomendable revisar la situación concreta de la entidad, su cifra de negocios, su actividad, su régimen fiscal y los requisitos aplicables.
¿Cuándo se declara el Impuesto sobre Sociedades?
El Impuesto sobre Sociedades se declara mediante el modelo 200.
Con carácter general, la declaración debe presentarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo.
En la práctica, cuando el ejercicio de la sociedad coincide con el año natural, es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre, el plazo habitual de presentación suele situarse entre el 1 y el 25 de julio del año siguiente. No obstante, si el último día del plazo es inhábil, el vencimiento puede desplazarse al primer día hábil siguiente.
Por ejemplo, si una sociedad cierra su ejercicio el 31 de diciembre, deberá presentar el Impuesto sobre Sociedades en julio del año siguiente.
En cambio, si la empresa tiene un ejercicio social distinto al año natural, el plazo se calcula en función de la fecha concreta de cierre del periodo impositivo.
¿Qué modelos se presentan para declarar el Impuesto sobre Sociedades?
Para cumplir correctamente con el Impuesto sobre Sociedades, las empresas deben conocer los principales modelos fiscales relacionados con este tributo.
| Modelo | Para qué sirve | Cuándo se presenta |
|---|---|---|
| Modelo 200 | Declaración anual del Impuesto sobre Sociedades. Refleja el resultado fiscal del ejercicio, los ajustes, deducciones, bonificaciones, pagos fraccionados y cuota final. | Dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del periodo impositivo. |
| Modelo 202 | Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades. Permite adelantar parte del impuesto que se liquidará en la declaración anual. | Durante los primeros 20 días naturales de abril, octubre y diciembre. |
| Modelo 220 | Declaración del Impuesto sobre Sociedades para grupos fiscales que tributan en régimen de consolidación fiscal. | En el plazo correspondiente al grupo fiscal, de acuerdo con la normativa aplicable. |
El modelo principal de declaración del Impuesto sobre Sociedades es el modelo 200. Deben presentarlo las entidades sujetas al impuesto, incluso cuando el resultado sea negativo o no exista cuota a ingresar, salvo supuestos concretos de exención o dispensa previstos por la normativa.
Por un lado, el modelo 202 se utiliza para realizar pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades. Estos pagos se realizan durante el propio ejercicio y se descuentan posteriormente en la declaración anual.
Por otro lado, el modelo 220 se aplica a los grupos fiscales que tributan en régimen de consolidación fiscal. En estos casos, la tributación se calcula de forma agregada para el grupo, con las reglas específicas del régimen de consolidación.
Deducciones, bonificaciones e incentivos fiscales en el Impuesto sobre Sociedades
Una de las formas de optimizar el Impuesto sobre Sociedades es revisar correctamente las deducciones, bonificaciones e incentivos fiscales que pueden resultar aplicables.
No obstante, estos beneficios fiscales no deben aplicarse de forma automática. Es necesario comprobar los requisitos, límites, documentación y compatibilidad con otros incentivos.
Entre los incentivos más relevantes se encuentran:
Incentivos a la I+D+i
Las empresas que realizan actividades de investigación, desarrollo e innovación tecnológica pueden aplicar deducciones fiscales relevantes, siempre que acrediten correctamente los proyectos, gastos y requisitos exigidos.
Incentivos a producciones cinematográficas y audiovisuales
Determinadas producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos pueden generar deducciones específicas en el Impuesto sobre Sociedades.
Deducciones por creación de empleo
Existen deducciones vinculadas a determinadas contrataciones, como la contratación de personas con discapacidad, siempre que se cumplan los requisitos previstos legalmente.
Reserva de capitalización
La reserva de capitalización permite reducir la base imponible cuando la empresa incrementa sus fondos propios y cumple los requisitos establecidos por la normativa.
Amortización acelerada y libertad de amortización
En determinados supuestos, algunas empresas pueden aplicar incentivos vinculados a la amortización fiscal de sus activos, como la amortización acelerada o la libertad de amortización.
Bonificaciones específicas
También existen bonificaciones aplicables en determinados casos, como rentas obtenidas en Ceuta y Melilla, servicios públicos locales u otras situaciones previstas por la normativa.
Antes de aplicar una deducción, bonificación o incentivo fiscal, conviene revisar que la empresa cumple todos los requisitos y que dispone de soporte documental suficiente para defender su aplicación ante una posible comprobación de la Agencia Tributaria.
Errores frecuentes al preparar el Impuesto sobre Sociedades
El Impuesto sobre Sociedades es una de las obligaciones fiscales más importantes para las empresas. Por eso, conviene evitar errores que pueden generar sanciones, regularizaciones o pérdida de oportunidades fiscales.
Algunos errores frecuentes son:
- Confundir resultado contable con base imponible fiscal.
- Aplicar un tipo reducido sin revisar los requisitos.
- No comprobar si la sociedad tiene la consideración de entidad patrimonial.
- No revisar correctamente los gastos no deducibles.
- Olvidar ajustes extracontables.
- No compensar bases imponibles negativas cuando proceda.
- Aplicar deducciones fiscales sin soporte documental suficiente.
- No revisar los pagos fraccionados ya realizados.
- Presentar el modelo 200 fuera de plazo.
- No coordinar el cierre contable con la revisión fiscal.
- No revisar operaciones vinculadas o precios de transferencia.
- No analizar el impacto fiscal de operaciones mercantiles relevantes.
Estos errores pueden evitarse con una planificación fiscal adecuada y una revisión coordinada entre las áreas contable, fiscal y mercantil de la empresa.
Preguntas frecuentes sobre el Impuesto sobre Sociedades
¿Qué grava el Impuesto sobre Sociedades?
El Impuesto sobre Sociedades grava la renta obtenida por sociedades y otras entidades residentes en España durante un periodo impositivo.
¿Quién tiene que presentar el Impuesto sobre Sociedades?
El IS deben presentarlo, con carácter general, las entidades sujetas al impuesto, como sociedades limitadas, sociedades anónimas, cooperativas, asociaciones, fundaciones y otras entidades residentes en España.
¿Una sociedad inactiva tiene que presentar el modelo 200?
Sí, una sociedad inactiva puede seguir obligada a presentar el modelo 200 aunque no haya tenido actividad. La inactividad no elimina automáticamente las obligaciones fiscales.
¿Cuál es el tipo general del Impuesto sobre Sociedades?
El tipo general del Impuesto sobre Sociedades es el 25%, aunque existen tipos reducidos y tipos especiales para determinados tipos de entidades.
¿Cuándo se presenta el modelo 200?
El modelo 200 se presenta dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al cierre del periodo impositivo. Si el ejercicio coincide con el año natural, el plazo habitual es julio.
¿Qué diferencia hay entre el modelo 200 y el modelo 202?
El modelo 200 es la declaración anual del Impuesto sobre Sociedades. El modelo 202 sirve para realizar pagos fraccionados a cuenta del impuesto durante el ejercicio.
¿Qué es la base imponible del Impuesto sobre Sociedades?
La base imponible es el importe sobre el que se aplica el tipo de gravamen. Se obtiene a partir del resultado contable, aplicando los ajustes fiscales que correspondan.
¿Se pueden reducir impuestos mediante deducciones y bonificaciones?
Sí se pueden reducir impuestos, pero solo cuando la empresa cumple los requisitos legales y dispone de documentación suficiente. Las deducciones y bonificaciones no deben aplicarse de forma automática.
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Las empresas evolucionan y crecen, y sus necesidades de asesoramiento fiscal también cambian. Por eso, el Impuesto sobre Sociedades no debe gestionarse solo como una obligación anual, sino como una parte relevante de la planificación fiscal y contable de la empresa.
En LEIALTA contamos con un área especializada en asesoría fiscal y consultoría tributaria para empresas. Nuestro enfoque combina cumplimiento normativo, revisión contable, planificación fiscal y análisis estratégico de las operaciones empresariales.
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