
Las sociedades holding se han convertido en una de las herramientas más utilizadas por grupos empresariales y empresas familiares que buscan ordenar su organización, proteger su patrimonio o planificar su futuro.
Gran parte del interés que generan estas estructuras radica en una pregunta concreta: ¿qué ventajas tiene una sociedad holding frente a otras formas de organización empresarial?
La respuesta no es única. Las ventajas de una sociedad holding pueden ser fiscales, patrimoniales, organizativas o sucesorias, pero su alcance dependerá siempre de la situación de cada empresa y de cómo se haya diseñado la estructura.
¿Qué es una sociedad holding?
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Una sociedad holding puede entenderse como una herramienta de organización empresarial que permite concentrar la propiedad de varias sociedades bajo una misma estructura. Es decir, la holding se sitúa por encima de las demás sociedades.
Es una estructura cuya función principal es coordinar, ordenar y gestionar las participaciones del grupo, facilitando una visión global del negocio.
No obstante, conviene aclarar que una holding no es solo una sociedad que “tiene participaciones”. Para que aporte valor, debe responder a una finalidad económica clara y encajar dentro de una planificación fiscal, mercantil, contable y patrimonial coherente.
Para entender mejor cómo funciona esta estructura, qué requisitos debe cumplir y cuáles son los pasos habituales para ponerla en marcha, te recomendamos consultar nuestro contenido sobre cómo crear una sociedad holding paso a paso.
Diferencia entre sociedad holding, grupo empresarial y sociedad patrimonial
Holding, grupo empresarial y sociedad patrimonial son conceptos que suelen utilizarse de forma simultánea, pero no significan lo mismo.
| Qué significa | Ejemplo práctico | |
|---|---|---|
| Sociedad holding | Sociedad matriz que posee y gestiona participaciones de otras sociedades. | Una SL participa en tres sociedades operativas y centraliza la dirección del grupo. |
| Grupo empresarial | Conjunto de sociedades relacionadas entre sí por control, dependencia o dirección común. | Varias sociedades pertenecen a los mismos socios o están bajo una sociedad dominante. |
| Sociedad patrimonial | Sociedad cuyo principal activo suele ser patrimonio no afecto directamente a una actividad económica, como inmuebles o inversiones. | Una sociedad dedicada principalmente a la tenencia de inmuebles alquilados o activos financieros. |
Tener o crear una holding no consiste en tener varias sociedades, sino que consiste en diseñar una estructura de propiedad, control y gestión que permita ordenar el grupo y adaptarlo a sus objetivos.
Es decir, una empresa puede tener varias sociedades o una sociedad patrimonial dentro de un grupo, pero sin tener una holding creada.
¿Por qué crear una sociedad holding?
La decisión de crear o no una holding suele surgir cuando la estructura de una empresa comienza a generar ineficiencias, riesgos o limitaciones.
Por ejemplo, cuando los socios participan directamente en varias sociedades sin una lógica común o cuando los beneficios de una empresa no pueden reinvertirse en otra de forma eficiente.
En estos casos, la holding asume el papel de sociedad cabecera que aporta orden, visión global y capacidad de planificación. Ahora bien, no se trata de crear una holding porque sí, sino de asegurar que las ventajas que ofrece esta estructura encajen con la situación de la empresa.
Cuando una holding puede aportar valor a una empresa o grupo empresarial
La holding puede aportar valor cuando existe una necesidad real de reorganizar la estructura empresarial. Algunos de los indicadores más habituales pueden ser:
- La empresa tiene varias sociedades o líneas de negocio.
- Existen beneficios que se quieren reinvertir dentro del grupo.
- Hay inmuebles, tesorería excedentaria o activos estratégicos dentro de sociedades operativas.
- La empresa familiar quiere preparar una sucesión ordenada.
- Se prevé una venta, fusión, escisión, entrada de inversores o incorporación de nuevos socios.
- Hay conflictos entre socios trabajadores y socios no trabajadores.
- La estructura actual dificulta la toma de decisiones.
- Se quiere separar actividad empresarial y patrimonio.
- Se necesita una visión fiscal, contable y mercantil más coordinada.
En estos supuestos, una holding puede convertirse en una herramienta de reorganización empresarial y patrimonial, siempre que exista planificación previa y una justificación económica suficiente.
Principales ventajas de una sociedad holding
Las ventajas de la creación de una sociedad holding pueden analizarse desde diferentes perspectivas: fiscal, mercantil, organizativa, patrimonial, familiar y estratégica.

Sin embargo, no todas las ventajas aplican en todos los casos. Por eso, es imprescindible analizar la situación concreta del grupo antes de la creación de una holding. Con ello, se permitirá valorar si los beneficios compensan los costes y las obligaciones de mantenimiento.
Ventajas fiscales de una sociedad holding
Las ventajas fiscales de una holding son uno de los motivos más habituales por los que se plantea esta estructura. Sin embargo, deben entenderse con prudencia.
Una holding no existe para “no pagar impuestos”. Su utilidad está en evitar ineficiencias fiscales, reducir situaciones de doble imposición y permitir una planificación más ordenada del grupo cuando se cumplen los requisitos legales.
Entre las principales ventajas fiscales pueden encontrarse:
- Posibilidad de aplicar la exención sobre dividendos recibidos de sociedades participadas, siempre que se cumplan los requisitos legales.
- Posibilidad de aplicar la exención sobre rentas derivadas de la transmisión de participaciones, si se cumplen las condiciones exigidas.
- Mejor planificación de la reinversión de beneficios dentro del grupo.
- Posible aplicación del régimen de consolidación fiscal, cuando el grupo cumpla los requisitos necesarios.
- Mayor coordinación de la fiscalidad entre sociedades vinculadas.
- Capacidad para planificar operaciones de reestructuración empresarial, como canjes de valores, fusiones o escisiones, dentro del marco legal aplicable.
Para poder aplicar cada una de las ventajas fiscales, es necesario analizar cada caso en particular. No basta con crear una sociedad matriz para aplicar beneficios fiscales, sino que es necesario revisar la estructura actual de la empresa y la finalidad económica de la operación.
Ventajas mercantiles y organizativas
Cuando varias sociedades dependen directamente de los socios, la gestión puede volverse compleja. Cada sociedad puede tener sus propios órganos de administración, decisiones independientes, necesidades financieras distintas o socios con intereses que no siempre están alineados.
La creación de una sociedad holding permite centralizar la participación de una sociedad cabecera o sociedad matriz y organizar el grupo bajo una estrategia común. Con ello, se consigue;
- Mayor claridad en la estructura de la propiedad.
- Centralización de las decisiones estratégicas.
- Coordinación entre las sociedades del grupo.
- Posibilidad de prestar servicios comunes desde la matriz.
- Profesionalizar el gobierno corporativo y reducir los bloqueos en la toma de decisiones.
En grupos empresariales o empresas familiares, esta herramienta puede ser determinante para evitar conflictos y facilitar decisiones a largo plazo.
Ventajas patrimoniales y protección de activos
Otra ventaja relevante de estas estructuras es la protección patrimonial. En muchos grupos, los activos, inmuebles o excedentes de tesorería están mezclados con la actividad principal de la empresa.
La consecuencia es clara: el patrimonio queda expuesto. Si una sociedad operativa asume deudas o conflictos laborales, se generan riesgos para su actividad.
Por eso, con la estructura holding se puede separar la actividad empresarial del patrimonio estratégico, siempre que se diseñe correctamente y se respeten las obligaciones legales, contables y fiscales. Además, puede permitir:
- Separar sociedades operativas de sociedades patrimoniales.
- Aislar activos relevantes del riesgo de alguna actividad concreta.
- Ordenar inmuebles, participaciones o inversiones.
- Proteger excedentes de tesorería no necesarios para la actividad diaria.
- Facilitar futuras operaciones de escisión, fusión o venta.
No obstante, esta protección no debe entenderse como una barrera absoluta frente a cualquier responsabilidad. La estructura debe ser real, coherente, correctamente documentada y alineada con la actividad del grupo.
Ventajas para empresas familiares
Para las empresas familiares, una holding puede aportar ventajas especialmente importantes porque cuando una familia crece, también crece la complejidad de la propiedad.
Pueden incorporarse nuevas generaciones, aparecer socios que trabajaban en la empresa y otros que no, surgir diferencias sobre el reparto de dividendos o plantearse dudas sobre la sucesión.
La holding familiar puede ayudar a ordenar estos aspectos, permitiendo facilitar la sucesión empresarial o separar la gestión de la empresa de la propiedad familiar entre otros beneficios.
Ventajas para grupos empresariales con varias sociedades
Cuando existe un grupo de empresas con varias sociedades, la holding puede aportar orden y eficiencia.
Esto ocurre, por ejemplo, cuando una sociedad desarrolla la actividad principal, otra gestiona inmuebles, otra explota una nueva línea de negocio y otra canaliza inversiones. Si no existe una estructura clara, la gestión puede volverse dispersa y difícil de controlar.
En este caso, los beneficios que aporta una holding empresarial permiten:
- Agrupar participaciones bajo una sociedad matriz.
- Coordinar la estrategia de las sociedades dependientes.
- Analizar la rentabilidad por la línea de negocio.
- Reordenar la tesorería del grupo.
- Planificar inversiones futuras.
- Separar actividades con riesgos diferentes.
- Preparar operaciones de crecimiento o reorganización.
Ventajas en procesos de compraventa, entrada de socios o sucesión empresarial
Cuando se quiere vender una sociedad, incorporar un socio inversor, transmitir participaciones a la siguiente generación o separar una línea de negocio antes de una operación, contar con una estructura ordenada puede facilitar el proceso.
En este caso, la creación de una sociedad holding puede ofrecer mayor claridad para compradores o inversores, mejor preparación para una due diligence o una planificación previa de la sucesión o entrada de socios.
Por eso, conviene tener en cuenta la estructura holding antes de que llegue la operación. Si se espera al momento de la venta o de la sucesión, se pueden limitar las alternativas disponibles.
¿Una empresa holding no paga impuestos?
Esta es una de las dudas más frecuentes y también uno de los errores más habituales al querer plantear una estructura holding. No, tener una empresa holding no significa no pagar impuestos.
Una holding puede permitir una fiscalidad más eficiente en determinados supuestos, pero eso no significa que no tribute.
Es decir, puede permitir que determinados dividendos, plusvalías o rentas derivadas de participaciones puedan beneficiarse de regímenes fiscales específicos o exenciones si se cumplen requisitos legales.

Qué significa realmente la optimización fiscal en una holding
La optimización fiscal no consiste en evitar impuestos de forma artificial. Consiste en organizar la estructura empresarial para que la fiscalidad sea coherente con la realidad económica del grupo y no genere sobrecostes innecesarios.
En una sociedad holding, la optimización fiscal se puede ver reflejada de varias formas: evitar doble imposición en dividendos entre sociedades, ordenar la transmisión de participaciones, coordinar la tributación de sociedades dependientes…
La clave está en que exista una razón empresarial real. Por ejemplo, ordenar un grupo de empresas, separar riesgos, proteger patrimonio, preparar una sucesión, facilitar una venta o profesionalizar la gestión.
Límites, requisitos y riesgos fiscales que deben analizarse
Crear una holding solo por motivos fiscales puede generar riesgos. Si la estructura no responde a una finalidad económica válida, la Administración tributaria podría cuestionar la operación.
Por eso, antes de crear una sociedad holding conviene analizar:
- Si existen motivos económicos válidos.
- Si la sociedad holding tendrá una función real dentro del grupo.
- Si cuenta con medios adecuados o capacidad de gestión.
- Si las sociedades dependientes tienen actividad económica.
- Si la operación está correctamente documentada.
- Si se cumplen los requisitos para aplicar exenciones fiscales.
- Si existen operaciones vinculadas que deban valorarse correctamente.
- Si hay implicaciones en Impuesto sobre Sociedades, IVA, IRPF, Impuesto sobre el Patrimonio o Sucesiones y Donaciones.
- Si la estructura puede mantenerse de forma ordenada en el tiempo.
Una holding mal diseñada puede generar más problemas que ventajas. Por eso, el análisis previo acompañado de profesionales es esencial.
¿Cuándo conviene crear una sociedad holding?
Crear una sociedad holding tiene sentido cuando la estructura actual de una empresa o grupos de empresas ya no acompaña a su realidad, ya sea económica, patrimonial o familiar.
Aun así, no existe una respuesta única. La decisión dependerá de la situación de cada grupo, de sus objetivos y de los riesgos que se quieran ordenar.

Empresas con varias sociedades o líneas de negocio
La existencia de varias sociedades bajo los mismos socios se ha convertido en una de las situaciones más habituales para crear una holding.
Por ejemplo, una sociedad industrial, una sociedad comercial, una sociedad inmobiliaria y una sociedad de servicios que dependan directamente de los socios. En este caso, la coordinación de decisiones, la distribución de beneficios o la separación de riesgos es mucho más complicada.
Empresas familiares que necesitan ordenar la sucesión
En el caso de las empresas familiares, la holding se convierte en una herramienta útil para preparar la sucesión y evitar conflictos futuros. Es especialmente relevante cuando hay varios hijos o ramas familiares.
La holding debe integrarse dentro de una estrategia familiar más amplia. No basta con cambiar la estructura societaria si no se ordenan también las reglas de decisión, gobierno y continuidad.
Grupos empresariales que quieren reinvertir beneficios
Otra situación habitual se produce cuando una sociedad del grupo genera beneficios y otra necesita financiación para crecer.
Sin una estructura adecuada, mover recursos entre sociedades puede generar costes fiscales o financieros innecesarios. Una holding puede facilitar la planificación de la tesorería del grupo y la reinversión de beneficios, siempre que se cumplan los requisitos legales y se documente correctamente.
Pero la ventaja no está solo en mover dinero. Está en diseñar una política de reinversión coherente con la estrategia del grupo.
Empresas con patrimonio inmobiliario o activos estratégicos
Muchas empresas acumulan inmuebles, maquinaria, marcas, participaciones o excedentes de tesorería dentro de la sociedad que desarrolla la actividad principal.
Esto puede ser ineficiente y arriesgado. Si la sociedad operativa asume riesgos propios del negocio, esos activos pueden quedar expuestos.
Una estructura holding puede ayudar a separar actividad y patrimonio lo que permite analizar mejor los riesgos y proteger activos estratégicos, siempre dentro de una planificación legal y fiscal adecuada.
Empresas que preparan una venta, fusión o reestructuración
La holding también puede ser útil cuando una empresa se prepara para una operación de compraventa, una fusión, una escisión, una entrada de inversores o una reorganización interna.
En estos casos, el tiempo es importante. Cuanto antes se analice la estructura, más margen habrá para tomar decisiones correctas.
¿Cuándo no compensa crear una holding?
Aunque las sociedades holding traen consigo muchas ventajas, no siempre es la mejor opción. Por eso, antes de crearla, conviene valorar si realmente aporta valor.
Casos en los que la estructura añade complejidad innecesaria
Puede no compensar crear una holding cuando:
- Solo existe una sociedad operativa sin previsión de crecimiento.
- No hay patrimonio relevante que separar.
- No existen varias líneas de negocio.
- No se prevé reinversión de beneficios.
- No hay conflictos societarios ni familiares.
- No existe una futura venta, sucesión o reestructuración.
- Los costes de mantenimiento superan las ventajas esperadas.
- La sociedad holding no tendría una función real.
En estos casos, crear una holding puede añadir obligaciones contables, fiscales, mercantiles y administrativas sin generar un beneficio suficiente.
Riesgos de crear una holding solo por motivos fiscales
La estructura debe responder a una lógica empresarial: ordenar el grupo, proteger activos, facilitar la reinversión, preparar una sucesión, separar actividades o profesionalizar la gestión.
Si la holding no tiene sustancia, no realiza una función real o no se documentan correctamente los motivos de la operación, pueden aparecer problemas fiscales.
Entre los riesgos más habituales se encuentran:
- Cuestionamiento de la operación por parte de la Administración.
- Pérdida de beneficios fiscales aplicados.
- Regularizaciones tributarias.
- Sanciones o intereses.
- Dificultades para justificar operaciones vinculadas.
- Costes de mantenimiento no previstos.
- Conflictos entre socios si no se regula bien la estructura.
Por eso, la creación de una holding debe ser una decisión estratégica, no una respuesta automática a una oportunidad fiscal.
Cómo estructurar una sociedad holding para aprovechar sus ventajas
La estructura holding debe diseñarse según la realidad de cada empresa. No existe un modelo único.
En términos generales, suele organizarse mediante una sociedad matriz o cabecera que participa en distintas sociedades dependientes. Estas sociedades pueden desarrollar actividades operativas, patrimoniales, inmobiliarias, financieras o de servicios internos.
Para conocer el proceso de constitución con más detalle, es recomendable enlazar aquí al contenido específico sobre cómo crear una sociedad holding paso a paso.
Sociedad matriz o cabecera del grupo
La sociedad matriz es la cabecera de la estructura. Su función principal es participar en las sociedades dependientes y coordinar la estrategia del grupo.
Puede encargarse de:
- Gestionar participaciones.
- Centralizar decisiones estratégicas.
- Coordinar políticas de dividendos.
- Prestar servicios comunes al grupo.
- Canalizar inversiones.
- Ordenar la relación entre socios.
- Preparar operaciones corporativas.
La matriz no debe ser una sociedad sin contenido. Debe tener una finalidad clara dentro del grupo.
Sociedades operativas dependientes
Las sociedades operativas son las entidades que desarrollan la actividad económica: producción, comercialización, servicios, explotación de negocios o cualquier otra actividad empresarial.
La holding participa en ellas y puede coordinar su estrategia, pero cada sociedad mantiene su actividad, obligaciones, contabilidad y responsabilidades.
Con esta separación, lo que se consigue es diferenciar líneas de negocio, medir la rentabilidad de cada actividad, aislar riesgos o prepararla para el éxito en el futuro empresarial.
Separación entre actividad empresarial y patrimonio
Una de las claves de una buena estructura holding es separar la actividad empresarial del patrimonio.
Por ejemplo, si una empresa operativa tiene inmuebles que no son imprescindibles para su actividad, puede valorarse una reorganización para separar esos activos. Lo mismo ocurre con excedentes de tesorería, inversiones financieras, marcas u otros activos estratégicos.
Esta separación puede ayudar a proteger el patrimonio, mejorar la gestión y facilitar operaciones futuras.
Eso sí, debe hacerse con planificación. No se trata de mover activos sin más, sino de diseñar una estructura coherente y fiscalmente segura.
Coordinación fiscal, mercantil y contable de la estructura
Una sociedad holding afecta a distintas áreas de la empresa. Por eso, su diseño debe coordinarse desde una visión integral y deben revisarse diferentes aspectos contables, fiscales, mercantiles, legales y laborales para que su ejecución sea exitosa.
Es decir, una estructura holding bien planteada no se limita a crear una nueva sociedad. Requiere diseñar cómo funcionará el grupo después de la reorganización.
Errores frecuentes al crear una sociedad holding
Aunque una holding presenta innumerables ventajas, también puede generar problemas si se crea sin un análisis y revisión previa.
No justificar correctamente la operación
Uno de los errores más graves es no documentar los motivos económicos de la operación.
La empresa debe poder explicar por qué crea la holding: ordenar el grupo, proteger patrimonio, facilitar la reinversión, preparar una sucesión, separar riesgos, planificar una venta o mejorar la gestión.
Si la única explicación es pagar menos impuestos, la estructura puede ser cuestionada.
Mezclar patrimonio y actividad sin planificación
Otro error habitual es mantener mezclados activos patrimoniales y actividad operativa, incluso después de crear la holding. Si no se separan correctamente las funciones de cada sociedad, la estructura puede perder eficacia.
No valorar los costes de mantenimiento
Muchas veces no se tiene en cuenta que una holding implica costes y obligaciones. Hay que llevar contabilidad, cumplir obligaciones fiscales, mantener la sociedad, documentar operaciones y coordinar la gestión del grupo.
Si el ahorro o la eficiencia esperada no compensa esos costes, puede no ser la mejor opción.
No coordinar la estructura con la estrategia familiar o empresarial
En empresas familiares, crear una holding sin coordinarla con el protocolo familiar, la sucesión o los pactos entre socios puede dejar problemas sin resolver.
La estructura societaria debe acompañar a la estrategia familiar y empresarial y responder cuestiones como quién tomará las decisiones, cómo se repartirán los dividendos o qué sociedades se mantendrán separadas.
Si estas preguntas no son debidamente respondidas, la holding puede ordenar la estructura formal sin resolver los conflictos de fondo.
Ventajas de una sociedad holding: ejemplo práctico
Para entender mejor los beneficios de una empresa holding, veamos dos ejemplos habituales.
Caso de empresa familiar con varias sociedades
Imaginemos una empresa familiar con tres sociedades:
- Una sociedad operativa que desarrolla la actividad principal.
- Una sociedad inmobiliaria que posee los inmuebles.
- Una sociedad dedicada a una nueva línea de negocio.

Los padres fundadores siguen tomando decisiones, pero los hijos empiezan a incorporarse. Algunos trabajan en el negocio y otros no. Además, una de las sociedades genera beneficios, mientras otra necesita inversión para crecer.
Sin una estructura holding, pueden aparecer conflictos sobre dividendos, reinversión, gestión de inmuebles y sucesión.
Con una sociedad holding, la familia puede ordenar la propiedad bajo una sociedad cabecera, definir reglas de gobierno, planificar la sucesión, separar patrimonio y coordinar la reinversión de beneficios.
En conclusión, la ventaja pasa de ser solo fiscal a ser una ventaja organizativa, patrimonial y familiar.
Caso de grupo empresarial con distintas líneas de negocio
Pensemos ahora en un grupo con varias actividades: fabricación, distribución, servicios técnicos y alquiler de inmuebles.
Cada actividad tiene riesgos, márgenes y necesidades diferentes. Si todas las sociedades dependen directamente de los mismos socios, la estructura puede ser difícil de gestionar.
Una holding empresarial puede actuar como cabecera del grupo, coordinando las sociedades dependientes y facilitando una estrategia común.
Esto permite analizar la rentabilidad de cada línea, separar riesgos, proteger activos, centralizar decisiones y preparar futuras operaciones de venta, inversión o crecimiento.
Preguntas frecuentes sobre las ventajas de una sociedad holding
¿Cuáles son las principales ventajas de una sociedad holding?
Las principales ventajas de una sociedad holding son la optimización fiscal, la reinversión de beneficios dentro del grupo, la protección patrimonial, la organización de varias sociedades, la mejora en la toma de decisiones y la planificación de la sucesión empresarial.
También puede facilitar operaciones de compraventa, entrada de socios, fusiones, escisiones o reestructuraciones.
¿Qué ventajas fiscales tiene una holding?
Las ventajas fiscales sociedad holding pueden incluir la exención sobre dividendos y plusvalías de participaciones, la posibilidad de aplicar consolidación fiscal y una mejor planificación de la reinversión de beneficios.
No obstante, estas ventajas solo aplican cuando se cumplen los requisitos legales. Por eso, es imprescindible analizar cada caso antes de crear la estructura.
¿Una holding paga menos impuestos?
Una holding puede permitir una fiscalidad más eficiente, pero no significa que siempre pague menos impuestos ni que no tribute.
La respuesta depende de la estructura, la actividad, las participaciones, los requisitos aplicables y la finalidad económica de la operación.
Por eso, la idea de que una holding no paga impuestos debe matizarse. Una holding puede optimizar la tributación del grupo, pero siempre dentro del marco legal y con una justificación real.
¿Qué diferencia hay entre una holding y una sociedad patrimonial?
Una holding es una sociedad que posee y gestiona participaciones de otras sociedades. Una sociedad patrimonial, en cambio, suele estar vinculada a la tenencia de activos, como inmuebles o inversiones, sin desarrollar necesariamente una actividad empresarial operativa.
En un grupo empresarial puede existir una holding y, además, una sociedad patrimonial dependiente de ella. Lo importante es definir bien la función de cada sociedad.
¿Cuándo merece la pena crear una holding?
Merece la pena crear una holding cuando existen varias sociedades, líneas de negocio, patrimonio relevante, necesidad de reinvertir beneficios, planificación sucesoria, conflictos entre socios o previsión de operaciones futuras.
También puede ser útil cuando se quiere separar actividad y patrimonio, proteger activos estratégicos o profesionalizar la estructura del grupo.
¿Qué riesgos tiene una sociedad holding?
Los principales riesgos son crearla sin motivos económicos válidos, no dotarla de sustancia real, no documentar correctamente la operación, generar costes de mantenimiento innecesarios o diseñar una estructura que no encaje con la realidad empresarial.
Asesoramiento para crear y estructurar una sociedad holding
Crear una sociedad holding puede ser una decisión estratégica para empresas familiares, grupos empresariales y compañías que necesitan ordenar su estructura, proteger su patrimonio o preparar una nueva etapa de crecimiento. Sin embargo, no debe plantearse como una solución automática.
Desde el área legal y mercantil de LEIALTA llevamos más de 10 años acompañando a empresas y grupos empresariales en procesos de reestructuración, creación de sociedades holding, protección patrimonial y planificación fiscal.
Nuestro enfoque parte de un análisis integral de la situación para valorar si la estructura holding tiene sentido, qué ventajas puede aportar y cómo debe diseñarse para que sea segura, eficiente y coherente con los objetivos del negocio.
Si tu empresa tiene varias sociedades, quiere reinvertir beneficios, necesita separar patrimonio y actividad, está preparando una sucesión o quiere anticiparse a una futura venta o reorganización, podemos ayudarte a estudiar la estructura más adecuada.




Hola. Nuestra situación es un tanto peculiar.
Tenemos una única empresa con 3 actividades, una de ellas la Inmobiliaria. Queremos conservar la empresa actual como matriz, con la actividad inmobiliaria, y crear 2 empresas con las otras 2 actividades. La empresa existente sería la matriz del holding. ¿Esto sería viable? y sobre todo ¿saldríamos beneficiados con el cambio de estructura? Gracias. Un saludo
Gracias por tu consulta, Javier.
Sí, en una comunidad de bienes es recomendable llevar un registro de ingresos y gastos, especialmente cuando existe una actividad con relevancia fiscal o hay que atribuir rendimientos a los comuneros.
No existe un único “libro oficial” en el sentido estricto de otros regímenes, pero sí debe mantenerse una contabilidad o registro ordenado y coherente que permita justificar los movimientos y cumplir con las obligaciones tributarias.
Puedes ampliar esta cuestión aquí: https://www.leialta.com/blog/obligaciones-fiscales-de-una-comunidad-de-bienes/
En una holding se pueden agrupar sociedades limitadas y personas fisicas
Hola, Félix.
Sí, en una estructura holding pueden agruparse sociedades, pero las personas físicas no forman parte de la holding como tal, sino que son quienes ostentan la titularidad de la misma.
La estructura puede variar en función de los objetivos. Puedes profundizar aquí: https://www.leialta.com/blog/grupo-empresas-crear-holding/
Hola ¿de cuántas sociedades debe poseer participaciones la empresa holding, hay un mínimo? Si somos 5 socios en una sociedad ¿es viable que cada uno le traspase sus participaciones a una holding personal? Es decir, que cada socio tenga la suya.
Gracias.
Buenas, Manuel.
No existe un número mínimo de sociedades para que una holding tenga sentido. Puede constituirse incluso partiendo de una sola sociedad, siempre que responda a una lógica de organización, crecimiento o protección patrimonial.
En cuanto a que cada socio tenga su propia holding personal, sí puede ser viable en determinados casos, especialmente cuando se busca separar patrimonios, planificar futuras transmisiones o estructurar mejor la participación de cada uno. Ahora bien, no siempre es la mejor opción para todos los socios, porque depende mucho de los objetivos individuales y de la estructura actual.
Este tipo de decisiones suele ser más eficiente cuando se analiza el conjunto de la operación y no solo la creación formal de la holding.
Si queréis revisarlo con un enfoque práctico, podéis escribirnos aquí: https://www.leialta.com/contacto/
Hola, tengo dos empresas en España y quería montar una holding para comprar un piso. Sería viable?
Una de las empresas el 100% del capital va a nombre de mi mujer y la otra a mi nombre.
Gracias!
Hola, Marcos.
Crear una holding para adquirir un inmueble puede ser viable, pero la conveniencia real depende mucho del uso que vaya a tener ese piso, del origen de los fondos y de la estructura societaria existente.
Además, en vuestro caso hay otro elemento importante, y es que las sociedades de partida no tienen la misma titularidad, una está a tu nombre y otra al de tu mujer, por lo que habría que ver muy bien cómo se articula la cabecera del grupo y si realmente tiene sentido integrarlas en una misma estructura.
Cuando se trata de inmuebles, la planificación debe hacerse con cuidado, porque no siempre una holding aporta ventaja fiscal automática y a veces puede incluso complicar la operativa.
Si queréis analizarlo con detalle, podéis contactar con nuestro equipo aquí: https://www.leialta.com/contacto/
Hola, estoy creando una sociedad holding y tengo pensado poner diferente dirección entre el domicilio social y la sede central ¿deben estar en el mismo país? Gracias
Hola Marina,
Si, deben estar en el mismo país ambas direcciones y si una sociedad deja de cumplir este requisito, se le obliga a establecer su sede central o trasladar su domicilio social en el mismo país. Sino lo hace, la sociedad se liquida. Un saludo
¿Una sociedad holding limitada puede tener un empleado que sea socio y administrador? Gracias!
Hola Rocio,
Una Sociedad Holding que sea limitada puede tener un socio único y que sea a la vez administrador. Para que sea una persona sea socio debe cumplir dos requisitos: Que realicen funciones que no conlleven la dirección de la empresa y que no tenga el control de la empresa. Si no se cumplen estos dos requisitos, se deberá tramitar el alta como trabajador por cuenta propia o autónomo.
También tener en cuenta que los consejeros y administradores de una sociedad limitada pueden tener una relación laboral con la empresa firmando un contrato pero no tienen derecho a la prestación por desempleo. Un saludo
hola , me sumo a la pregunta; una Holding SL; puede NO tener empleados? o sea tener solamente socios y administrador?
Verónica, sí, una holding puede existir sin empleados, siempre que su estructura y su función dentro del grupo tengan sentido y estén bien definidas.
Otra cuestión distinta es que, en determinados supuestos, la existencia o no de medios materiales y humanos pueda influir en el análisis fiscal de ciertas operaciones o en la consideración de actividad económica. Por eso, que sea posible no significa que siempre dé igual cómo esté organizada.
Hola, ¿Qué pasa cuando en una Holding se toman decisiones que benefician a un socio y perjudican a otro? Gracias
Hola Francisco,
En una Sociedad Holding por lo general la toma de decisiones se simplifica por adoptar las decisiones por mayoría simple (necesario la mitad más uno) en lugar de ser necesarias mayorías cualificadas, disminuyendo así la capacidad de veto de los socios minoritarios, lo que sin duda garantiza la supervivencia a futuro de la empresa familiar.
Si se toman decisiones que perjudican a una parte es algo que no deber ser relacionado con la forma de la toma de decisiones sino con el acuerdo que se está valorando.
Un saludo,
Hola, una pregunta ¿un grupo de empresas es a efectos de laboral un grupo de empresas? Gracias
Hola Ana,
Existe un grupo de empresas laboral cuando una persona trabajadora es contratada por una empresa de un grupo mercantil y trabaja o realiza labores directamente para todas o varias empresas del mismo grupo mercantil.
Un saludo.
Hola, ¿Qué diferencias hay entre una sucursal y una filial de una empresa? Gracias
Hola Yolanda,
Las diferencias son varias; por ejemplo:
El capital mínimo que tienen que aportar los socios es diferente, la sucursal no tiene capital social mínimo que aportar y en la filial, si es una SL so 3.000€ y en una SA son 60.000€.
También la responsabilidad frente a terceros en una sucursal la responsabilidad es ilimitada y es asumida por la matriz y en la filiar la responsabilidad se limita al capital social de la misma.
Un saludo,
Buenas tardes Paul;
Para que se considere una sociedad holding, apuntas que debe tener medios propios materiales y personales. Respecto a estos medios, ¿existe algún mínimo? ¿Hay que tener dada de alta una persona a jornada completa en seguridad social?
Muchas gracias por tus ilustrativos comentarios
Hola Jon,
El que tenga que tener personal atiende a que no se considere una Sociedad patrimonial, y como bien sabrás una sociedad patrimonial no puede acogerse a ningún beneficio fiscal de ningún tipo previsto en la LIS. Dicho esto, se ha de contar con al menos con 1 persona en Régimen General, no pudiendo ser los socios los que cumplan con este requisito.
Saludos.
Hola paul, gracias por tus aportes!!. Sobre esta cuestión de que no se catalogue como empresa patrimonial, bastaría con tener 1 persona contratada a media jornada para el trabajo de gestión administración y finanzas?
Hola, Jose.
No es suficiente con tener una persona contratada a media jornada para evitar la consideración de sociedad patrimonial. Hacienda analiza si realmente existe una actividad económica efectiva, lo que implica medios materiales y humanos adecuados.
Una contratación mínima no siempre cumple ese requisito si no hay una gestión real de la actividad.
Puedes profundizar en este punto aquí: https://www.leialta.com/blog/grupo-empresas-crear-holding/
Hola, ¿Se debe desembolsar íntegramente el capital social desde el otorgamiento de la escritura? Gracias
Hola Iñigo,
Esta pregunta varía según el tipo de sociedad que se constituya. En el caso de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, el capital social debe desembolsarse desde el momento en el que se acuda a la notaría. En las Sociedades Anónimas, el capital social deberá estar totalmente suscrito, pero no necesariamente desembolsado en su totalidad. La ley dice que basta con desembolsar inicialmente el 25% del mismo y el restante según se acuerde en los Estatutos (máximo 5 años si se trata de aportaciones no dinerarias).
Si es una Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, no será necesario aportar el capital social en el momento del otorgamiento de la escritura. Un saludo
Hola Paul,
Me podrías indicar cuáles son las mejores ERPs para controlar un Holding (finanzas y administración, logística, tesorería, comercial, compras…?
Quedo a la espera de tu respuesta.
Cordialmente,
Hola Irina,
Muchas gracias por tu correo. Sin duda finanzas y administración, ya que su CNAE es el 6420, y por tanto las funciones de la matriz es prestar servicios administrativos, contables, fiscales y legales a las sociedades dependientes.
Saludos.
Muy interesante el artículo una duda.
Se puede uno ahorrar pagar el impuesto de sociedades de una SL que tengas en la holding.
Pagándote dividendos en la holding con una tributación mucho menor ?
O independientemente tienes que pagar ese impuesto y una vez ya pagado , si te puedes pagar esos dividendos con esa tributación menor en la holding?
Hola, Jorge.
La holding no elimina el Impuesto sobre Sociedades de la SL operativa. Es decir, la sociedad que genera el beneficio sigue tributando por él en su propio Impuesto sobre Sociedades. Lo que puede cambiar es el tratamiento posterior de los dividendos cuando suben a la holding, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Por tanto, no se trata de sustituir un impuesto por otro más bajo, sino de ordenar la tributación dentro del grupo para evitar una doble imposición plena y facilitar la reinversión o la reorganización patrimonial.
Buenas tardes,
¿Es la empresa holding a su vez una S.L.? Si tengo una empresa que es propietaria del 50% de las participaciones de otra y se decide vender ese porcentaje a una tercera, ¿puedo beneficiarme de la misma exención tributaria?
Muchas gracias de antemano
Hola Mariano,
La Holding es una entidad jurídica como otra cualquiera, puede ser una S.A. o una S.L. Si tienes una empresa ya propietaria del 50% de otra sociedad, y la sociedad matriz sigue ejerciendo una actividad y no es considerada Sociedad patrimonial en principio si podrías beneficiarte de la exención.
Los requisitos es que tengas al menos un 5% de participación, y que la tenencia de la participación de la Sociedad Holding sobre la filial tenga más de 12 meses. La excepción es que tanto matriz como participada no sean consideradas sociedades patrimoniales, esto es, que no cuenten con medios materiales y humanos. Si se considerara sociedad patrimonial alguna de ellas entonces no sería de aplicación la exención.
Saludos.
Buenas tardes,
Comentas que unos de los motivos interesantes para crear una Holding son porque un tercero esté interesado en comprar la empresa, y ahorraríamos en tributación.
¿Sería vender la Holding o alguna de las participadas?
¿En ambos casos, se puede vender rápidamente o hay que esperar algún tiempo mínimo?
Gracias de antemano
Hola Román,
Para concebir la creación de una Sociedad Holding tiene que existir previamente un grupo de empresas pertenecientes a la misma familia o personas físicas que tengan participación conjunta en distintas entidades. La Sociedad Holding permite, entre otras ventajas, contar con los beneficios fiscales de la exención de doble imposición (Art 21 Ley 27/2014), estando aquí su principal atractivo, si bien, una Sociedad Holding debe contar con medios materiales y humanos que gestionen las actividades de las distinta entidades participadas. Normalmente se trata de personal contratado en la propia Sociedad Holding, de administración que preste servicios administrativos a varias empresas de grupo, tipo contables, legales, fiscales, etc..
Entre las ventajas fiscales, como bien apunta, sería que ante la venta futura de cualquier sociedad participada, su plusvalía fiscal, por diferencia entre la compra y venta, tributaría al 1,25%, por la limitación de la exención contemplada en los presupuestos generales del 2020 (limitación del 95%, con lo que tributa el 5%X25%=1,25%), ahorrándose aproximadamente un 23-25% diferencial, rendimiento de capital de ahorro de lo que supondría para la persona física declarar esta plusvalía fiscal en su IRPF, siendo esta ventaja muy importante dado que se consigue diferir la tributación.
Lo que no se puede hacer es crear una Sociedad Holding única y exclusivamente para obtener una ventaja fiscal a muy corto plazo, es obvio. El articulo 21 de la ley 27/2014 establece que para contar con los beneficios que se explican, (1) Tiene que existir una participación directa sobre la participada del al menos un 5%, y (2) un tenencia de la participación de al menos 12 meses por parte de la Sociedad Holding (Resumiéndolo de forma muy ejecutiva). Cuando se crea una Sociedad Holding es porque hay varias sociedades participadas por debajo con distintas actividades y riesgos, y cuando una de ellas se vende entonces se puede contar con la ventaja fiscal que hemos indicado previamente (Pago 1,25% en vez de un 25%).
En contestación a sus preguntas, lo que se vende es la participada normalmente, y se obtiene el beneficio fiscal porque se supone que se puede reinvertir ese dinero en la continuidad empresarial del resto de entidades participadas. Y lo de vender rápidamente no se concibe como tal, nadie se monta una Sociedad Holding para obtener un beneficio fiscal inmediato. Tiene que existir un grupo de empresas, sustancia económica de empresa, y en tal caso, la venta de la participada estaría sujeta al 1,25% de tributación en el caso de existir una Sociedad Holding.
Gracias por contactarnos
El concepto de holding es un poco abstracto, ¿algún ejemplo de holding que podamos conocer?
Hola Lara,
Tenemos grandes ejemplos para entender el concepto de Sociedad Holding, te detallo:
Inditex cuenta con una gran variedad de empresas que conocemos y son Zara, Berhska, Pull&Bear o Stradivarius.Tambien Coca Cola Company, incluye marcas de refrescos como Coca-Cola, Fanta, Aquarius, Nestea o Sprite.
Todas estas marcas son empresas independientes dentro de un mismo grupo cuya empresa matriz es Inditex y Coca Cola Company en estos ejemplos y los beneficios van a parar estas.
Un saludo
¿Cuál es el capital mínimo para crear una Sociedad?
Hola Celia,
El capital mínimo para crear una sociedad depende de la naturaleza de la empresa, si es una SL el capital mínimo es 3000€ y una SA es de 60.0000€. En caso de autónomos no existe capital mínimo para crear la empresa.
Un saludo
Hola,
Tengo una duda y es si existe alguna situación más donde realizar una sociedad holding. Gracias
Hola Carmelo,
Gracias por escribirnos. Si que hay otras situaciones, apartes de las comentadas en la publicación, en la que si que puede aplicar una sociedad holding como:
– Tener varias empresas y tienes pensado realizar una donación de participaciones a tus hijos.
– Un tercero este interesado en comprar tu empresa, pero la plusvalía generada tiene una alta tributación.
– Tener dos empresas, una tiene liquidez y la otra necesita dinero.
– Jubilarse el dueño de la empresa y la venta de la empresa supone un alto coste fiscal.
Adjunto nuestro White Paper sobre Sociedad Holding para que puedas saber más https://www.leialta.com/blog/guia-sociedad-holding/
Un saludo,
Paul