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Modificaciones en los modelos de IVA: qué cambia y qué conviene revisar

Cambios en Modelos de IVA

La Agencia Tributaria ha anunciado recientemente modificaciones en algunos modelos de IVA, concretamente en los 303, 322, 353 y 390, además de sobre el Suministro Inmediato de Información (SII). El objetivo de los cambios es adaptarlos a la nueva regulación aplicable a las entregas de gasolinas, gasóleos y biocarburantes, que introduce la obligación de garantizar el IVA en ciertos supuestos.

Te contamos qué ha cambiado en estos modelos de IVA, a quién afectan estas modificaciones y qué aspectos conviene revisar.

¿Por qué se modifican estos modelos de IVA?

Estas modificaciones se aplican después de que el régimen de depósito distinto del aduanero (DDA) para ciertos productos energéticos fuese eliminado de manera permanente. La normativa más reciente establece que, si se produce la salida de biocarburantes, gasóleos o gasolina de un depósito fiscal, el depositante final del producto o el dueño del depósito en caso de ser el propietario tiene que asegurar que se ingrese el IVA correspondiente a la entrega posterior, siempre y cuando esta esté sujeta y no exenta.

La meta es fortalecer el control del impuesto en estas operaciones y prevenir circunstancias de riesgo en la recaudación.

¿A quién afectan estas modificaciones?

Estas modificaciones afectan especialmente a quienes intervienen en operaciones con gasolinas, gasóleos y biocarburantes que se extraen de depósitos fiscales para su posterior entrega en el mercado interior.

En concreto, afectan a:

  • Empresas que operan en el sector de los carburantes, ya sea como depositantes, distribuidores o titulares de depósitos fiscales.
  • El último depositante del producto en el momento de su salida del depósito fiscal o, en su caso, el titular del depósito cuando sea el propietario del producto.
  • Empresas obligadas al SII que emitan facturas por este tipo de entregas, que deberán identificar correctamente estas operaciones en sus libros registro.

Quedan excluidos de la obligación de garantizar el IVA los operadores que tengan reconocida la condición de operador económico autorizado (OEA) o de operador confiable, aunque sí deberán tener en cuenta los cambios formales en los modelos y registros.

¿En qué consiste la obligación de garantizar el IVA?

La garantía puede articularse de dos formas:

  • Mediante un aval, prestado por una entidad de crédito, institución financiera o compañía de seguros.
  • Mediante un pago a cuenta del IVA, que actúa como un anticipo del impuesto y que posteriormente podrá deducirse en la autoliquidación correspondiente al periodo en el que se declare la entrega.

Esta obligación no se aplica cuando el operador tenga reconocida la condición de operador económico autorizado (OEA) o de operador confiable, por lo que se reduce la carga administrativa para quienes cumplen determinados requisitos.

Principales cambios en los modelos 303, 322, 353 y 390

Para reflejar este nuevo sistema, los modelos de declaración del IVA incorporan nuevas casillas específicas destinadas a declarar el pago a cuenta del IVA vinculado a estas entregas de carburantes. Además, se añade un indicador en el apartado de identificación que permite señalar si el contribuyente tiene derecho a deducir dicho importe.

Estos ajustes afectan tanto a las autoliquidaciones periódicas como a la declaración resumen anual del IVA (modelo 390), garantizando coherencia entre la información declarada a lo largo del ejercicio.

¿Desde cuándo se aplican estos cambios?

Las modificaciones ya están en vigor y se aplican por primera vez:

  • A los modelos 303, 322 y 353 correspondientes al mes de febrero o al segundo trimestre de 2026, según la periodicidad.
  • Al modelo 390 del ejercicio 2026.
  • A los registros del SII relativos a operaciones realizadas a partir del 1 de febrero de 2026.

Qué conviene revisar

Aunque se trata de cambios muy concretos, es recomendable que empresas y asesores revisen si realizan operaciones afectadas, adapten sus procedimientos internos y sistemas de gestión, y verifiquen la correcta cumplimentación de los nuevos campos en los modelos de IVA.

Desde LEIALTA, acompañamos a empresas y profesionales en la revisión de sus obligaciones fiscales, con un enfoque preventivo y orientado a la seguridad jurídica.

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