
Desde el 1 de enero de 2026 se aplica un cambio en las obligaciones de información que deben cumplir los bancos y entidades de pago, y es que, a partir de febrero de 2026, deberán informar mensualmente a la Agencia Tributaria de la facturación acumulada del mes cobrada por Bizum por empresarios y profesionales.
Esta reciente medida no crea ninguna declaración nueva para el autónomo o la empresa, pero sí que supone un entorno de mayor transparencia, ya que Hacienda contará con un dato mensual para contrastarlo con lo declarado.
Qué se comunica a Hacienda, y qué cambia frente a antes
- Periodicidad mensual: la información se envía cada mes, empezando en febrero de 2026 con datos del mes anterior.
- Sin umbral mínimo: la nota aclaratoria de Hacienda y el Realo Decreto que modifica la obligación indican que se informa de la facturación acumulada sin un umbral fijo. Es decir, no depende de “superar 3.000 €”, para que exista un reporte mensual en Bizum profesional, como antes de que entrara en vigor esta medida.
- No es operación a operación: lo que se remite es el importe total facturado en el mes por Bizum, no un listado de cada Bizum individual
| Aspecto | Situación anterior | Desde 2026 |
| Bizum y pagos móviles | No siempre incluidos de forma expresa | Incluidos cuando se trate de cobros profesionales |
| Pagos con tarjeta | Obligación informativa existente | Se amplía a cualquier tipo de tarjeta |
| Periodicidad | Información menos sistemática | Suministro mensual a la AEAT |
| Bizum entre particulares | Sin obligación específica | Sigue excluido del control automático |
Qué conviene revisar en 2026 si se cobra por bizum
Este nuevo contexto no introduce nuevas obligaciones formales, sin embargo, si se refuerza la capacidad de comprobación de la Agencia Tributaria sobre los cobros profesionales. Por ello, de cara a 2026 resulta aconsejable revisar,
los siguientes aspectos:
- Uso de Bizum y pagos móviles en la actividad: comprobar si se utilizan como medio habitual de cobro a clientes y si están correctamente integrados en el sistema de facturación.
- Coherencia entre cobros y declaraciones: verificar que los importes y la frecuencia de los cobros reflejados en cuentas y aplicaciones de pago coinciden con los ingresos declarados.
- Separación entre ámbito personal y profesional: especialmente relevante cuando se emplean herramientas de pago ágiles que pueden mezclarse con facilidad.
- Registro y justificación documental de los cobros de menor importe, que son los que más fácilmente pueden pasar desapercibidos en la gestión diaria.
En este contexto, resulta especialmente relevante que autónomos y empresas adapten sus sistemas de cobro y facturación a un entorno de mayor transparencia informativa, no solo para cumplir con la normativa vigente, sino también para reducir riesgos y ganar seguridad jurídica en su operativa diaria.
En LEIALTA acompañamos a autónomos y empresas en la revisión de sus obligaciones fiscales y mercantiles, ayudando a adaptar sus procesos de cobro y facturación a un entorno de mayor control informativo y seguridad jurídica.
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