
Un año después de la DANA, el Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 12/2025, de 28 de octubre (BOE de 29 de octubre, en vigor el 30 de octubre), que incorpora una nueva fase de medidas excepcionales en materia laboral y de Seguridad Social vinculadas con la DANA de finales de 2024.
Su objetivo es sostener el empleo y evitar el cierre definitivo de actividades en las zonas afectadas, con especial atención a la Comunidad Valenciana, a través de dos líneas principales: liquidez inmediata y protección del empleo autónomo.
Aplazamiento extraordinario de cuotas a la Seguridad Social: condiciones y beneficiarios
El Real Decreto-ley 12/2025 prorroga el mecanismo especial de aplazamiento de cuotas ya previsto en el RDL 6/2024, ampliando su alcance y plazos.
Quién puede solicitarlo
Pueden beneficiarse:
- Empresas afectadas por la DANA.
- Trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial del Mar, respecto a las cuotas devengadas entre noviembre de 2025 y enero de 2026.
- Autónomos de otros regímenes (RETA, etc.), por las cuotas de diciembre de 2025 a febrero de 2026.
Qué implica
No se trata de una condonación, sino de un aplazamiento en condiciones financieras favorables, con un tipo de interés reducido y plazos de amortización ampliados.
Las solicitudes deben presentarse ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), siguiendo los procedimientos establecidos en el RDL 6/2024, que ya explicábamos en nuestra alerta anterior sobre Medidas urgentes de apoyo fiscal y laboral tras la DANA.
Si ya existía un aplazamiento previo, la TGSS unificará las resoluciones en un único plan de pago, añadiendo cuatro meses extra de amortización por cada nueva mensualidad aplazada.
Prestación extraordinaria por cese de actividad: requisitos y plazos para autónomos
Se establece una prestación temporal y extraordinaria para los autónomos que, a 31 de enero de 2025, ya estuvieran percibiendo la prestación del artículo 24 del RDL 6/2024 y que siguen sin poder reanudar su actividad.
No se abre una convocatoria nueva, sino que se prorroga la protección existente para quienes mantienen daños directos en su negocio.
Entonces, la duración queda desde el 1 de febrero de 2025 hasta el 31 de diciembre de 2025, en vez de hasta (insertar dato anterior) como estaba señalado con anterioridad.
Requisitos
Los requisitos para pedir esta prestación son:
- Que la actividad continúe total o parcialmente suspendida a causa de los efectos directos de la DANA.
- No haber percibido otra prestación ordinaria por cese de actividad ni haber trabajado por cuenta ajena durante el mismo periodo.
Solicitud
Las solicitudes deben presentarse dentro de los 21 días naturales siguientes a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 12/2025, es decir, hasta el 20 de noviembre de 2025. En este caso, la prestación tendrá efectos retroactivos desde el 1 de febrero de 2025.
Si la solicitud se presenta más tarde, los efectos se producirán el primer día del mes siguiente a su presentación.
Gestión y control
Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social y el Instituto Social de la Marina reconocerán provisionalmente el derecho a la prestación.
A partir del 1 de marzo de 2026, ambas entidades revisarán todas las resoluciones para verificar que se mantienen los requisitos exigidos. Si se comprueba lo contrario, se exigirá la devolución de las cantidades indebidamente percibidas y el ingreso de las cotizaciones correspondientes.
Impacto empresarial y autónomo: cómo acogerse a las medidas del Real Decreto-ley 12/2025
Estas medidas pretenden aportar liquidez inmediata y mantener la protección social en las zonas más afectadas por la DANA. Ofrecen una respuesta ágil a empresas y autónomos que aún no han recuperado la normalidad operativa.
El aplazamiento de cuotas supone un alivio financiero temporal, mientras que la prórroga de la prestación extraordinaria garantiza cobertura económica hasta finales de 2025.
2025, un año de recuperación y apoyo al tejido empresarial
El Real Decreto-ley 12/2025 representa un nuevo impulso para la recuperación laboral y económica de las zonas afectadas por la DANA.
Las empresas y autónomos cuentan con plazos específicos para acogerse a estas medidas, por lo que es clave actuar con agilidad y mantener toda la documentación acreditativa al día.
Este es nuevamente un momento delicado para muchas empresas y profesionales, y en LEIALTA queremos apoyar y acompañar en el camino hacia la recuperación, ofreciendo información rigurosa y actual sobre las medidas aprobadas.
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