A raíz de esta situación, el Gobierno ha aprobado un conjunto de medidas urgentes destinadas a aliviar las consecuencias económicas y laborales de las empresas y autónomos afectados por la terrible DANA que ha arrasado Valencia y partes de Castilla -La Mancha. Estas medidas buscan no solo mitigar el impacto inmediato, sino también proporcionar un soporte temporal para facilitar la recuperación económica y social en las áreas más perjudicadas.
Por este motivo, incluyen desde ayudas directas para cubrir pérdidas materiales, hasta exenciones fiscales, aplazamientos y fraccionamientos de pagos a la Seguridad Social, entre otras.
Ayudas directas y beneficios fiscales para empresas y autónomos
Para apoyar a las empresas y trabajadores autónomos, se ha establecido una serie de ayudas directas que se calculan en función del volumen de operaciones de cada entidad en el ejercicio 2023. Estas ayudas oscilan entre los 5.000 euros para autónomos y los 150.000 euros para empresas de mayor tamaño, con el fin de cubrir parcialmente las pérdidas sufridas.
Estas subvenciones, diseñadas específicamente para aliviar la presión financiera, estarán exentas tanto del Impuesto sobre Sociedades como del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), asegurando que los beneficiarios puedan destinar íntegramente el monto recibido a la recuperación de su actividad.
Además, para las empresas y autónomos cuyos inmuebles o instalaciones se hayan visto gravemente dañados por la DANA, el Gobierno ha aprobado la devolución del pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) correspondientes a 2024. Este alivio fiscal adicional es fundamental para evitar cargas económicas adicionales en este momento de crisis.
Para facilitar el acceso a estas ayudas, se ha habilitado un formulario electrónico que estará disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria a partir del 19 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2024. Mediante este formulario, los solicitantes pueden indicar su cuenta bancaria para el abono de la ayuda y consultar los requisitos específicos, adaptados para simplificar el proceso en estos momentos de urgencia.
Flexibilidad en el cumplimiento de obligaciones fiscales y administrativas
Cabe destacar que el Gobierno ha dispuesto una serie de extensiones en los plazos de presentación de declaraciones tributarias, pago de deudas fiscales y atención a requerimientos administrativos para empresas y autónomos en las zonas afectadas. Esto incluye tanto el periodo voluntario como el ejecutivo de pago, así como el cumplimiento de fraccionamientos y aplazamientos previamente acordados.
Asimismo, se ha suspendido temporalmente el cómputo de los plazos en procedimientos tributarios para que los afectados no se vean obligados a responder a requerimientos o a presentar alegaciones mientras reorganizan sus finanzas.
Medidas de la Seguridad Social
En el ámbito laboral, el Real Decreto-ley 6/2024 contempla un paquete de medidas excepcionales de apoyo a la cotización en Seguridad Social. Estas medidas incluyen exenciones en las cuotas para empresas y autónomos que hayan debido reducir o suspender temporalmente su actividad debido a la DANA.
Además, podrán solicitar el aplazamiento o fraccionamiento en el pago de las cuotas de Seguridad Social, tanto para los periodos actuales como para los anteriores a la catástrofe natural. Esta medida permitirá a los empresarios reestructurar sus obligaciones de pago y enfocarse en la restauración de sus negocios.
Para los trabajadores autónomos, en particular aquellos que han tenido que cesar temporalmente su actividad por los efectos de la DANA, el decreto permite acceder a la prestación por cese de actividad sin necesidad de cumplir con los requisitos habituales de cotización mínima, ni justificación de causa de fuerza mayor.
¿Cómo acceder a estas ayudas?
Para acceder a estas medidas, tanto empresas como autónomos deberán presentar sus solicitudes antes del 31 de diciembre de 2024, a través de los canales habilitados por la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. Se debe preparar la documentación necesaria que acredite el impacto de la DANA en la actividad, así como la situación fiscal y laboral de cada uno.
Se recomienda a todos los afectados que consulten las instrucciones detalladas y requisitos específicos publicados en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en los portales oficiales de las administraciones correspondientes.
Desde LEIALTA, sabemos que los momentos tras un desastre como el vivido en los últimos días son especialmente difíciles y que muchas personas y empresas están enfrentando retos que nunca imaginaron. Por este motivo, queremos asegurarnos de que las personas afectadas obtengan toda la información posible para ayudarlas.
Aquí dejamos algunos enlaces que pueden ser útiles para solicitar las ayudas:
- Recuperación de bienes de primera necesidad.
- Registro y obtención de acta notarial de los daños.
- Información y trámites catastrales.
Este es un momento difícil, y en LEIALTA queremos apoyar y acompañar en el camino hacia la recuperación.
Suscríbete a nuestras alertas
*Solo se atienden formularios de contacto con el correo electrónico profesional o corporativo. No permitido gmail, hotmail, yahoo. Disculpen las molestias.