
Jubilarse no tiene por qué significar una salida inmediata de la actividad profesional. En muchas empresas, especialmente familiares, pymes o negocios gestionados por socios o administradores directamente, la transición hacia la jubilación exige planificación.
A partir del 28 de agosto de 2026 entrarán en vigor nuevas medidas que amplían las posibilidades de compatibilizar la pensión de jubilación con una actividad profesional.
Se trata de un cambio especialmente interesante para empresarios, autónomos, administradores y profesionales que se acercan a la jubilación y se plantean cómo organizar esta nueva etapa.
Sin embargo, la aplicación de estas alternativas dependerá de las circunstancias concretas de cada caso. Por ello, conviene conocer qué opciones existen y cómo pueden afectar tanto a la persona que se jubila como a la propia empresa.
Jubilación y continuidad en la empresa: qué cambia a partir de agosto de 2026
La jubilación flexible permite compatibilizar la pensión de jubilación, una vez reconocida, con una actividad laboral.
Hasta ahora, esta figura estaba muy ligada al trabajo por cuenta ajena a tiempo parcial. En este caso, la jornada deberá estar comprendida entre el 33% y el 80% de la jornada de una persona trabajadora comparable a tiempo completo.
Además, si la actividad por cuenta ajena se inicia por primera vez una vez transcurridos al menos seis meses desde la jubilación, la pensión compatible podrá incrementarse en determinados porcentajes según la jornada realizada.
Autónomos y actividad por cuenta propia
Con la nueva regulación se amplía el marco y se permite también compatibilizar la pensión con una actividad por cuenta propia, siempre que se cumplan determinados requisitos.
No obstante, esta opción no será automática para todos los casos. La norma exige que, en los tres años inmediatamente anteriores al hecho causante de la pensión de jubilación, la persona pensionista no haya estado de alta como trabajador por cuenta propia.
En estos supuestos, el importe de la pensión compatible con la actividad por cuenta propia será del 25%.
Por eso, para empresarios, socios o administradores que se aproximan a la edad de jubilación, será especialmente importante revisar su situación previa de cotización, su régimen de Seguridad Social y el papel que quieren mantener dentro de la empresa.
Comunicación previa y planificación
La persona pensionista deberá comunicar previamente a la entidad gestora el inicio de cualquier trabajo por cuenta ajena o actividad por cuenta propia que determine la aplicación de la jubilación flexible. También deberá comunicar cambios en la jornada o el cese de la actividad.
Esta comunicación es clave, ya que la falta de comunicación puede generar el carácter indebido de la pensión percibida, con obligación de reintegro y posibles sanciones.
En la práctica, no se trata solo de decidir si se sigue trabajando o no. Es necesario revisar cómo se articula esa continuidad: tipo de actividad, jornada, remuneración, encaje societario, funciones dentro de la empresa y efectos sobre la pensión.
Planificar la jubilación con tiempo: una decisión estratégica para la empresa
Esta reforma abre un escenario interesante para quienes desean retirarse de forma gradual, mantener cierta vinculación profesional o facilitar una transición ordenada en la empresa.
Desde el área laboral de LEIALTA acompañamos a administradores y empresas en la planificación de estos procesos, analizando la mejor forma de organizar la transición empresarial.
Una jubilación bien planificada no solo afecta a la persona que se retira, sino también a la continuidad y estabilidad de la empresa.
Suscríbete a nuestras alertas
*Solo se atienden formularios de contacto con el correo electrónico profesional o corporativo. No permitido gmail, hotmail, yahoo. Disculpen las molestias.