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Cierre del tercer trimestre: revisa si tu empresa debe presentar el Formulario ETE

Cierre del tercer trimestre: revisa si tu empresa debe presentar el Formulario ETE

¿Tu empresa mantiene un volumen importante de operaciones con compañías extranjeras o activos y pasivos frente al exterior?

El 30 de septiembre finaliza el tercer trimestre de 2026 y, para determinadas empresas, este cierre implica una obligación adicional ante el Banco de España: la presentación trimestral del Formulario ETE.

Las sociedades a las que corresponda esta periodicidad dispondrán hasta el 20 de octubre de 2026 para comunicar la información del trimestre.

Más allá de recordar el plazo, este momento del año también resulta especialmente útil para comprobar si la evolución de las operaciones internacionales de la compañía durante 2026 ha podido modificar su periodicidad de declaración.

¿Qué empresas deben prestar atención al cierre del tercer trimestre?

La periodicidad trimestral del Formulario ETE corresponde, con carácter general, a los residentes en España cuyas transacciones con no residentes durante el año anterior, o cuyos saldos de activos y pasivos frente al exterior a 31 de diciembre, hayan alcanzado un importe igual o superior a 100 millones de euros e inferior a 300 millones.

Por tanto, no todas las empresas que trabajan con clientes o proveedores internacionales deben presentar una declaración trimestral.

Sin embargo, existe un aspecto que conviene tener especialmente presente durante el ejercicio.

El crecimiento de las operaciones durante 2026 puede cambiar la periodicidad

La Circular 4/2012 del Banco de España contempla también los casos en los que una empresa no alcanzaba inicialmente los límites correspondientes, pero los supera a lo largo del año.

Si durante 2026 las transacciones con no residentes o los saldos frente al exterior han aumentado hasta superar alguno de los umbrales establecidos, la empresa queda obligada a presentar las declaraciones con la periodicidad que corresponda desde el momento en que se exceda ese límite.

Por este motivo, el cierre de septiembre puede ser un buen momento para revisar no solo las obligaciones que ya venía cumpliendo la compañía, sino también si el crecimiento de su actividad internacional ha generado una nueva obligación de información.

¿Qué conviene revisar antes del 30 de septiembre?

Las empresas con una actividad internacional significativa deberían comprobar, entre otras cuestiones:

  • El volumen de las transacciones realizadas con no residentes.
  • Los saldos de activos y pasivos mantenidos frente al exterior.
  • Si durante 2026 se ha superado algún umbral que pueda modificar la periodicidad de presentación.
  • Si la información necesaria para preparar la declaración del tercer trimestre está correctamente recopilada.

Anticipar esta revisión permite disponer de margen antes de que comience el plazo de presentación y detectar posibles cambios respecto a ejercicios o trimestres anteriores.

¿Necesitas saber cómo funciona el Formulario ETE?

El Formulario ETE es una obligación informativa con diferentes periodicidades y requisitos según el volumen de operaciones internacionales de cada empresa.

Si necesitas revisar qué es el Formulario ETE, quién debe presentarlo, qué información debe incluirse o cómo se realiza su presentación, puedes consultar nuestro contenido en la web sobre el Formulario ETE del Banco de España.

En LEIALTA acompañamos a empresas nacionales y grupos internacionales que operan en España en la revisión y cumplimiento de sus obligaciones vinculadas a sus operaciones con el exterior, incluida la preparación del Formulario ETE ante el Banco de España.

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