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Impuesto de Sociedades: El último paso para hacer un buen cierre fiscal

En estas fechas, la mayoría de las empresas están pendientes de los plazos que establece la Agencia Tributaria como límite de presentación de ciertas obligaciones fiscales. Sin duda, es un momento clave para realizar una revisión en profundidad de la contabilidad y cuadrar todas las cuentas.

En este sentido, precisamente todas aquellas empresas cuyo cierre del ejercicio sea el 31 de diciembre de 2023, tienen hasta el próximo día 25 de julio para poder presentar la declaración anual del Impuesto de Sociedades (IS), que grava los beneficios obtenidos por cada empresa con personalidad jurídica que resida en España durante y tras su ejercicio.

Para que puedas comprender en profundidad cuál es la función del IS y cómo se debe presentar para evitar cualquier tipo de sanción, te contamos los datos más importantes sobre este tributo.

¿Qué es el Impuesto de Sociedades?

En primer lugar, debes comprender qué función tiene este impuesto. Como bien comentábamos, el IS es un impuesto directo que se aplica a la renta obtenida por las entidades jurídicas, incluidas las sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, cooperativas, fundaciones y asociaciones, entre otras. La base imponible del impuesto se calcula a partir del resultado contable ajustado según la normativa fiscal vigente.

¿De qué manera varía la cuantía del IS?

Con la presentación del modelo 200 del Impuesto sobre Sociedades el 25 de julio, habremos alcanzado la meta y concluido el cierre fiscal del ejercicio del año pasado. No obstante, la cifra de negocios adquiere especial relevancia, ya que, según su cuantía, varía la tributación de la empresa de la siguiente manera:

  1. Un millón de euros: Para poder aplicar el tipo de gravamen del 23%. Desde el 1 de enero de 2023, pueden aplicar este gravamen las empresas que no hayan superado esta cifra en el periodo impositivo inmediato anterior y no tengan la consideración de sociedades patrimoniales.
  2. Diez millones de euros: Da lugar a disfrutar de los incentivos fiscales destinados a empresas de reducida dimensión, si no se ha alcanzado este límite en el periodo impositivo inmediato anterior.
  3. Veinte millones de euros: Para evitar una tributación mínima del 15%. Desde el 1 de enero de 2022, los contribuyentes que, en los 12 meses anteriores al inicio del periodo impositivo, o que tributen en régimen de consolidación, superen esta cifra, tendrán una cuota líquida que no podrá ser inferior al 15% de la base imponible. Esta base se ajusta por la reserva de nivelación y la reserva de inversiones, según corresponda.

Por otra parte, es importante señalar que el tipo general del IS en España es del 25%, mientras que otras entidades y empresas fiscalmente protegidas como las cooperativas pueden beneficiarse del tipo reducido.

Las empresas emergentes, de conformidad con la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, tributarán al tipo del 15% en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 29 de la LIS en el primer período impositivo en que, teniendo la condición de empresa emergente, la base imponible resulte positiva y en los tres siguientes, siempre que mantengan dicha condición.

Como se ha podido ver, es crucial presentar correctamente el IS para poder tener un buen cierre contable y fiscal. Es necesario que empresas como la tuya cumplan con sus obligaciones fiscales y, a su vez, cuenten con asesoramiento de un experto en impuestos y contabilidad para llevar a cabo este proceso de manera eficiente y eficaz.

En LEIALTA contamos con un equipo de expertos con una dilatada experiencia que te ayudará en todo momento para aprovechar las ventajas y deducciones disponibles para optimizar tu carga tributaria. ¡Contáctanos para cualquier consulta!

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