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Nueva tasa aduanera de 2 euros para el comercio electrónico internacional: qué deben revisar las empresas

Nueva tasa aduanera de 2 euros para el comercio electrónico internacional: qué deben revisar las empresas

Las empresas que venden productos desde países de fuera de la Unión Europea afrontan nuevos cambios en sus operaciones de comercio electrónico.

A partir del 1 de noviembre de 2026 está prevista la aplicación de una tasa de gestión aduanera de 2 euros por categoría de artículos, que se sumará a los costes de importación existentes.

La medida afectará a determinadas ventas a distancia dirigidas a consumidores europeos, incluidas las mercancías enviadas desde países como China, Estados Unidos o Reino Unido.

Además, la Agencia Tributaria ha comunicado una modificación del criterio europeo sobre el IVA de esta tasa y nuevos requisitos de identificación de productos. Estos cambios pueden repercutir en los costes, la fiscalidad y los procedimientos aduaneros de las empresas. Te lo contamos todo desde LEIALTA.

Una nueva tasa de 2 euros que se suma al arancel de 3 euros

Desde el 1 de julio de 2026, los envíos de comercio electrónico afectados con un valor de hasta 150 euros están sujetos a un arancel temporal de 3 euros por categoría de artículos.

Ahora, la normativa europea incorpora una nueva tasa de gestión de 2 euros por categoría, destinada a cubrir los costes de tramitación y control de las autoridades aduaneras. Sin embargo, ambos conceptos deben diferenciarse:

  • Arancel de 3 euros: se aplica a los envíos afectados de hasta 150 euros.
  • Tasa de gestión de 2 euros: se aplicará a las ventas a distancia de mercancías importadas, incluso cuando el envío supere los 150 euros.

Por ejemplo, un envío de 100 euros que contenga dos categorías diferentes de artículos podría soportar 6 euros de arancel y 4 euros de tasa de gestión, además del IVA correspondiente.

El importe se calcula por categoría declarada, no necesariamente por cada unidad de producto ni mediante una única cantidad fija por paquete. Asimismo, la nueva tasa no será reembolsable, incluso cuando posteriormente se devuelva la mercancía.

¿A qué empresas afecta la nueva tasa aduanera?

La medida tiene alcance europeo y no se limita a mercancías procedentes de un país concreto.

Afecta principalmente a las ventas a distancia de productos enviados desde terceros países a consumidores de la Unión Europea, como puede ser China, Estados Unidos o Australia. Por ello, resulta especialmente relevante para plataformas digitales, vendedores internacionales y operadores que gestionan estos envíos.

Pero también hay que tener en cuenta que una empresa española que comercialice productos almacenados fuera de la UE podría verse afectada si los envía directamente a sus clientes europeos.

En cambio, estas nuevas reglas no deben confundirse con las obligaciones generales de cualquier importación empresarial. Las operaciones habituales entre empresas (B2B) no quedan automáticamente sujetas a la nueva tasa por el simple hecho de importar mercancías.

El pago ante Aduanas corresponde al operador obligado en la declaración aduanera. Sin embargo, las condiciones comerciales determinarán si ese coste termina repercutiéndose al consumidor.

¿Cómo cambia el tratamiento del IVA de la tasa aduanera?

Una de las novedades más recientes afecta a la tributación de la nueva tasa de gestión.

El 9 de octubre de 2026, la Agencia Tributaria comunicó que la Comisión Europea había corregido su interpretación inicial. Aunque anteriormente se consideraba que la tasa quedaba fuera del ámbito del IVA, las nuevas orientaciones establecen su inclusión en la base imponible cuando corresponda.

El tratamiento concreto depende del sistema de declaración utilizado:

  • Ventas acogidas al IOSS (Import One Stop Shop, o Ventanilla Única de Importación): cuando la tasa se cobra al consumidor en el momento de la compra, se incluye en la base imponible del IVA declarado mediante este sistema. No se exige nuevamente IVA de importación sobre esa tasa.
  • Importaciones mediante otros procedimientos: la tasa se incorpora a la base sobre la que se calcula el IVA de importación, conforme al régimen aplicable.

Esta distinción es importante para las empresas que utilizan plataformas internacionales o venden directamente a consumidores europeos.

Por ello, conviene revisar cómo se reflejan los nuevos costes en los precios de venta y en la liquidación del impuesto.

Nuevos requisitos para identificar productos en las declaraciones aduaneras

Junto con la tasa, desde el 1 de noviembre de 2026 también se exigirán nuevos identificadores en las declaraciones de importación de los envíos de comercio electrónico afectados de hasta 150 euros. La información deberá permitir identificar mejor los productos y facilitar su control.

Entre los datos exigidos se encuentran el identificador asignado por el vendedor o plataforma (M-PID) y el identificador no normalizado del fabricante (NS-PID).

También deberá declararse el identificador normalizado del fabricante (S-PID), cuando exista. En caso contrario, se utilizará el código de dispensa previsto.

Estas exigencias implican una mayor coordinación entre vendedores, fabricantes, plataformas y operadores encargados de presentar las declaraciones aduaneras.

¿Qué deberían revisar las empresas antes de noviembre?

La incorporación de estas medidas aconseja revisar especialmente tres aspectos:

  • El coste de las operaciones internacionales. La nueva tasa puede modificar el margen comercial y el precio final de determinados productos.
  • La gestión fiscal. Es importante comprobar qué sistema de declaración del IVA se utiliza y cómo se reflejarán los nuevos importes.
  • La información de los productos. Las empresas afectadas deberán asegurarse de que disponen de los identificadores necesarios y de que estos pueden trasladarse correctamente a las declaraciones aduaneras.

Además, conviene verificar con los operadores logísticos quién asume los nuevos costes y cómo se gestionarán las devoluciones.

Anticiparse a los cambios en el comercio electrónico internacional

La nueva tasa aduanera y los requisitos adicionales de identificación representan un nuevo paso en la adaptación de las normas europeas al crecimiento del comercio electrónico internacional.

Para las empresas afectadas, el impacto va más allá de un coste adicional por envío. También exige revisar la fiscalidad de las operaciones, la información declarada y la coordinación con los operadores logísticos.

En LEIALTA acompañamos a empresas nacionales e internacionales de manera integral y desde una visión legal, mercantil, contable, fiscal y laboral para apoyar el cumplimiento de sus obligaciones en España.

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