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Registro de un CEE en el País Vasco: Requisitos y ayudas

Pasos para la inscripción de un CEE en el País Vasco

Descubre cómo aprovechar las ayudas y beneficios en el País Vasco para registrar un Centro Especial de Empleo (CEE). Este artículo te guiará a través de los requisitos, las ayudas disponibles y los pasos para el registro en el País Vasco.

Ayudas en el País Vasco para un Centro Especial de Empleo:

¿Sabes que con las ayudas para el registro de CEE en el País Vasco puedes obtener hasta un 75% de ahorro en los costes laborales? La creación de un CEE no solo cumple con la Ley General de Discapacidad, sino que también respalda la inserción laboral y la responsabilidad social corporativa. Es crucial que abordemos esta situación, y para esto las ayudas para CEE juegan un papel esencial. ¿Sabías que puedes obtener hasta un 75% de ahorro en costes laborales? Por ejemplo, se subvencionan salarios hasta el 55% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) para trabajadores con discapacidad severa.

Objetivo de las ayudas en el País Vasco para los CEE:

En el País Vasco, más de un 22,5% de personas con discapacidad están desempleadas. Por esto, es fundamental impulsar la creación de puestos de empleo para este colectivo y que se favorezca el mantenimiento de esos puestos.

Las ayudas dirigidas a los CEE en el País Vasco se enfocan en varios aspectos, debiendo distinguir cuatro líneas de apoyo o subvencionables, para estos Centros, siendo las siguientes:

Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo en los CEE 

Mantener los puestos de trabajo de las personas con discapacidad que han sido contratadas por los Centros Especiales de Empleo es fundamental. Estas ayudas consisten principalmente en subvencionar el coste salarial de las personas con discapacidad que han sido contratadas.

La subvención, será del 50% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento, por cada trabajador o trabajadora contratada a jornada completa, por el tiempo que esté de alta y que esté prestando efectivamente sus servicios en la empresa durante el periodo mensual subvencionado. Ello supondría aproximadamente 540 euros/mes (7.560 euros/año), por cada trabajador contratado a jornada completa.

Porcentaje de ayuda en función del tipo y grado de discapacidad del trabajador: 

  • En el caso de un trabajador con una elevada dificultad de acceso al mercado de trabajo debido a una discapacidad severa, la subvención será del 55% del SMI, siempre y cuando se trate de una contratación indefinida.
  • El porcentaje aumenta al 60% si es una mujer o tiene más de 45 años, siempre que esté contratada con un contrato indefinido.
  • Si se trata de un trabajador con un contrato temporal con una duración mínima que sea la establecida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), el porcentaje será del 50%. Por lo tanto, no se subvencionarán los contratos temporales con una duración inferior a la que establezca el SEPE.
  • En el supuesto de trabajadores con una discapacidad física o sensorial inferior al 65%, es decir, que tengan una discapacidad no severa, el importe mínimo será equivalente al 50% del SMI, siempre que exista un contrato indefinido.

Esta ayuda se reduce en proporción a la jornada que realice el trabajador con discapacidad, y en función de los días efectivamente trabajados, sin contar o no computando como subvencionable, aquellos días en los que el trabajador este de baja o en IT. Se incluyen como subvencionables, las pagas extras que se devenguen a los empleados.

Ayudas dirigidas a la inversión de empleo estable para personas con discapacidad.

Debemos de indicar que serán subvencionables aquellas inversiones en activos no corrientes, según la definición establecida por el Plan General Contable, pueden ser:

  • Aplicaciones informáticas,
  • Construcciones, Instalaciones Técnicas,
  • Maquinaria, Utillaje, Mobiliario, etc.

La cuantía de la subvención se establece por cada una de las contrataciones indefinidas generadas por la inversión, y, por otra parte, en función del porcentaje de trabajadores y trabajadoras con discapacidad en la plantilla del centro especial de empleo, de acuerdo con los siguientes límites, y sin poder superar el 70% del gasto total subvencionable en ningún caso. 

Límites de ayudas dirigidas a la inversión para personas con discapacidad

Como se indica se fija en base a los contratos indefinidos y a los trabajadores con discapacidad. Los límites de las ayudas son los siguientes:

  • 12.000 euros en el caso en que los trabajadores con discapacidad con contratación estable producida por la inversión, sean más del 90% de la plantilla del CEE.
  • 9.000 euros cuando los trabajadores con discapacidad representan entre el 70% y el 90% de la plantilla del CEE.
  • Obtener un equilibrio en el presupuesto del CEE. Las ayudas serán del 50% del saldo negativo del presupuesto del ejercicio anterior. El límite es de 60.000 euros y están reservadas a Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social.
  • Apoyar a las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional. Las ayudas se enfocan en los costes salariales y de la seguridad social de estas unidades. Las ayudas dependerán del tipo de contrato y de la jornada y van de los 650 euros a los 1.300 euros anuales, por cada trabajador con discapacidad severa que sea objeto de intervención y apoyo, por parte de los Técnicos y Monitores que integran esa Unidad.
  • Financiar a los servicios de orientación profesional. Son aquellos servicios que se enfocan en la formación, asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento, etc.

Ayudas para obtener un equilibrio en el presupuesto del CEE. 

Las ayudas serán del 50% del saldo negativo del presupuesto del ejercicio anterior. El límite es de 60.000 euros y están reservadas a Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social.

Ayudas para apoyar a las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional. 

Las ayudas se enfocan en los costes salariales y de la seguridad social de estas unidades. Las ayudas dependerán del tipo de contrato y de la jornada y van de los 650 euros a los 1.300 euros anuales, por cada trabajador con discapacidad severa que sea objeto de intervención y apoyo, por parte de los Técnicos y Monitores que integran esa Unidad.

Además, también están vinculadas con financiar a los servicios de orientación profesional. Estos servicios se enfocan en la formación, asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento, etc.

Creación del registro de Centros Especiales de Empleo en el País Vasco

Creación del registro de Centros Especiales de Empleo en el País Vasco

Ahora que ya has descubierto las subvenciones vinculadas a los Centros Especiales de Empleo, te queremos invitar a que conozcas los requisitos detallados para inscribir un CEE en el País Vasco, desde la acreditación de la personalidad del titular hasta la viabilidad técnica y financiera. 

La calificación de los CEE como CEE de iniciativa social

Dentro de los CEE merecen especial mención los CEE de iniciativa social, ya que pueden tener ventajas en los concursos públicos. Según el nuevo decreto se pueden calificar como Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social los que acrediten que:

  • Ha sido promovidos, directa o indirectamente, por una entidad sin ánimo de lucro o que está participada en más de un 50% por entidades sin ánimo de lucro.
  • Los beneficios del Centro Especial de Empleo se reinvierten en el propio Centro Especial de Empleo o en otros Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social.

Pasos a seguir para el registro de un CEE en el País Vasco:

Si te has propuesto crear un CEE en el País Vasco tendrás que seguir los siguientes pasos para su calificación:

  1. Presentación de solicitud telemática en el Lanbide Servicio Vasco de empleo. Tendrás que adjuntar a esta solicitud toda la documentación que establece el Decreto que hemos citado anteriormente.
  2. Verificación del cumplimiento de los requisitos del CEE que hemos detallado.
  3. Presentación del proyecto de calificación y Otorgamiento de la calificación de CEE.

Durante el procedimiento existe la posibilidad de subsanar errores en función de lo establecido en el Decreto.

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Registro CEE del País Vasco: requisitos para la inscripción

Mediante el Decreto que hemos citado anteriormente, se creó el Registro de CEE del País Vasco, en el que se tendrán que inscribir todos los CEE que estén domiciliados en el País Vasco. Los requisitos que se deben cumplir para poder inscribir el CEE son los siguientes:

  • Acreditación de la personalidad del titular (DNI, escrituras de constitución etc.)
  • Incluir en el objeto social, en el caso de que se trate de personas jurídicas, que la finalidad es la integración de las personas con discapacidad.
  • Justificar la viabilidad técnica y financiera.
  • Que la plantilla esté formada con un mínimo del 70% de personas con discapacidad.
  • Disponer de personal técnico de apoyo.
  • Describir los servicios de ajuste de personal.
  • Tener el domicilio en el País Vasco.

En el caso de los CEE de iniciativa social, que pueden obtener ventajas en los concursos públicos, se deberán cumplir dos requisitos adicionales:

  • Que sean promovidos por una entidad sin ánimo de lucro o que estén participados en más de un 50% por entidades sin ánimo de lucro.
  • Que los beneficios del CEE se reinviertan en el propio CEE o en otros CEE de iniciativa social.

Si quieres saber más, te dejamos este vídeo en el que a través de un webinar analizamos los programas y ayudas de la empleabilidad de las personas con discapacidad en el País Vasco y el Registro Vasco de Centros Especiales de Empleo:

Además de la información y las ventajas que has podido ver que se obtienen al Crear un Centro Especial de Empleo en el País Vasco, hay que tener en cuenta que apostar por un Centro Especial de Empleo no solo es cumplir con la ley, ¡es contribuir al cambio!

En Leialta, somos especialistas en apoyar a crear y cumplir con la Ley a los Centros Especiales de Empleo y contamos con experiencia en la acreditación de CEE en el País Vasco. Estamos listos para ayudarte en cada paso. Solicita más información y descubre por qué somos tu mejor consultoría para la creación y gestión de CEE en España.

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