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¿Cómo presentar el IVA diferido en importaciones? Plazos, proceso y renuncia

Todas las empresas cuando realizan operaciones comerciales, como compras o ventas, deben facturar y declarar el IVA. Por lo tanto, si hacen operaciones de importación de mercancías también deberán facturar y declarar el IVA. En el artículo de hoy te hablamos de cómo presentar el IVA diferido en importaciones, qué plazos se deben cumplir y cuál es el proceso.

¿Qué es el IVA diferido en la importación?

Cuando una empresa importa bienes que proceden de países de fuera de la Unión Europea está obligada a ingresar en la aduana de su país el importe de los aranceles y de los impuestos que graven esa mercancía y, además, deberá liquidar y pagar el IVA que corresponde a la importación. El IVA, como regla general, deberá ingresarse en el momento de la admisión del DUA, lo que puede producir en los importadores un coste adicional debido al tiempo que puede pasar desde que se despacha la mercancía en la aduana hasta que se presenta la autoliquidación del IVA. Para evitar este problema, es posible el diferimiento del pago del IVA.

Por ejemplo, imaginemos el caso de una empresa que tiene su sede en Valencia y compra materias primas en Sudáfrica. En este caso se produce una importación que deberá tributar por IVA, puesto que, según el artículo 86 de la ley del IVA, el sujeto pasivo de las importaciones es quien las realiza. Si la empresa se acoge al pago del IVA diferido de las importaciones, podrá ingresar el IVA en su modelo de autoliquidación.

¿Qué modificaciones se produjeron en el sistema del IVA en importaciones?

La ley del IVA fue modificada y a partir del 1 de enero de 2015 algunos operadores pueden hacer pagos directos de IVA de importación en la aduana y otros lo ingresarán en su modelo de autoliquidación, es decir, que coexisten los dos sistemas para ingresar el IVA. Como consecuencia de lo anterior, es necesario considerar que presentar el IVA diferido en importaciones es voluntario.

Requisitos que se deben cumplir para poder presentar el IVA diferido en importaciones

La normativa exige que para que se pueda aplicar el IVA diferido en importaciones el sujeto pasivo del IVA, es decir, la empresa que realiza la importación debe hacer declaraciones mensuales del IVA. Las empresas que hacen declaraciones mensuales del IVA son las siguientes:

  • Las que tienen un volumen de operaciones que se da durante el año natural anterior de 6.010.121,04 euros, es decir, que se trate de grandes empresas.
  • Las que hayan realizado la adquisición del total o de una parte de su patrimonio empresarial o profesional cuando la suma de su volumen de operaciones en el año natural anterior y la del volumen de operaciones que hayan realizado en el mismo periodo mediante la utilización del patrimonio transmitido, sea superior a 6.010.121,04 euros.
  • Las empresas que estén autorizadas a solicitar la devolución del saldo que tengan a su favor al finalizar el periodo de liquidación.
  • Las empresas que apliquen el régimen especial del grupo de entidades.

¿Cómo se solicita la aplicación del IVA diferido en importaciones?

Las empresas que quieran aplicar el IVA diferido en las importaciones deberán presentar una declaración censal en la Agencia Tributaria en el mes de noviembre anterior al inicio del año natural durante el cual quieren que se aplique el diferimiento del pago del IVA. Este diferimiento se prorrogará durante los siguientes años hasta que el empresario renuncie al mismo o hasta que se le excluya.

¿Se puede renunciar a la aplicación del IVA diferido en importaciones?

La respuesta es que sí es posible la renuncia y se realizará marcando la oportuna opción en la declaración censal. En el caso en que un empresario renuncie a la aplicación del IVA diferido no podrá optar otra vez por ese sistema durante los tres años siguientes.

¿Cómo se declara el IVA diferido en las importaciones?

En el caso en que una empresa tenga derecho a la aplicación del sistema de diferimiento en el pago del IVA deberá presentar la declaración-liquidación del IVA, es decir, los modelos 303 o 322, del periodo en el que se le notifica la deuda.

Por ejemplo, las DUAS despachadas en febrero y las liquidaciones que se hayan notificado ese mismo mes, deberán incluirse en el modelo 303 o 322 que se presente entre los días 1 y 20 de marzo. Para ello se deberá rellenar una nueva casilla en los modelos anteriormente mencionados.

¿Qué ocurre si no se incluyen todas las cuotas de IVA de importación en la liquidación correspondiente?

En el caso en que un empresario que se haya acogido al IVA diferido en importaciones y no incluya alguna importación o la incluya de forma incorrecta, puede considerarse por parte de la Administración Tributaria que ha cometido una infracción tributaria y se le podrá imponer una sanción.

En el caso en que seas empresario, realices importaciones con países de fuera de la Unión Europea y quieras acogerte al IVA diferido en las importaciones es aconsejable que cuentes con la ayuda de una asesoría fiscal especializada que estudie tu caso, analice si cumples los requisitos para aplicar el sistema de IVA diferido en las importaciones y presente las autoliquidaciones correspondientes en plazo para evitar sanciones.

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